Dictamen nº 6856 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239250982

Dictamen nº 6856 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 1997

procede desestimar recurso de proteccion interpuesto por funcionarios municipales en contra de oficio 33174/96, por el cual contraloria impartio instrucciones a las municipalidades, en relacion con la paralizacion ilegal de actividades de los dependientes de tales entes edilicios acaecida en octubre de 1996, haciendose presente que correspondia a los alcaldes titulares o subrogantes, disponer que se incoaran los procesos disciplinarios destinados a determinar las responsabilidades y aplicar las sanciones disciplinarias que se derivaran de esa paralizacion y que en el evento que la infraccion diere lugar a la medida de destitucion, esta solo podria aplicarse despues del 27/10/96, conforme art/157 de ley 10336. ello, porque el tribunal competente para conocer de proteccion debe atenderse al lugar en que se ha cometido el acto o incurrido en la omision y, consecuentemente, tratandose de un dictamen de este ente de control, ha de estarse al lugar en que el ha sido legalmente emitido. por tanto, no ha procedido interponer este recurso ante la corte de apelaciones de san miguel, sino que, por haberse evacuado el dictamen conculcado en la sede central de contraloria, esto es, en la comuna de santiago, aquel debio presentarse para conocimiento de la corte de apelaciones de santiago. ademas, sobre identica materia, el presidente de la confederacion nacional de funcionarios municipales de chile dedujo anteriormente proteccion, recurso declarado sin lugar por la corte de santiago aludida, encontrandose el fallo pertinente, en la actualidad, en apelacion ante la corte suprema, por lo que se esta en presencia de una litis pendencia. por otra parte, el acto de contraloria se remitio a todos los municipios del pais, a la asociacion chilena de municipalidades y ampliamente publicitado, en su parte medular, debido a la conmocion publica originada por la referida paralizacion. asimismo, los propios actores indican que una vez normalizadas las labores, se les hizo el descuento por los dias no trabajados y "poco tiempo despues", tomaron conocimiento que el alcalde habia dispuesto, por instrucciones de este ente fiscalizador, la medida administrativa de instruir sumarios a todos los funcionarios que adhirieron a la suspension de actividades, todo lo cual lleva a concluir que los interesados conocieron del oficio impugnado a mas tardar en noviembre 1996, por lo que el recurso ahora analizado, al ser interpuesto el 30/1/97, ha sido extemporaneo, esto es fuera de...

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