Dictamen nº 19325 de Contraloría General de la República, de 30 de Mayo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239186446

Dictamen nº 19325 de Contraloría General de la República, de 30 de Mayo de 2000

N° 19.325 30-V-2000

Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos ha formulado a esta Contraloría General diversas consultas relativas a la aplicación de las normas contenidas en Ley N° 19.646, que concede los beneficios económicos que indica, entre otros, al personal de dicho Servicio Público.

En primer lugar, y en lo concerniente a la asignación de estímulo por cumplimiento de metas de reducción de Ia evasión, regulada en el artículo 2° de la mencionada Ley N° 19.646, se pregunta si corresponde enterar el componente fijó o base del beneficio respectivo al personal que habiendo estado en funciones en el período de vigencia retroactiva de dicha norma, dejó de pertenecer al Servicio con anterioridad a la publicación de la misma.

Al respecto, el informe jurídico de dicha entidad señala que procedería el pago del componente base mensual del mencionado beneficio en favor de los ex funcionarios que hubieren estado en servicio durante el período mencionado, atendido el efecto retroactivo que el artículo 1° transitorio del aludido cuerpo legal otorga a la disposición que concede dicha asignación de estímulo.

En relación con la materia, es dable hacer presente que Ley N° 19.646, que concede beneficios económicos, entre otros, al personal del Servicio de Impuestos Internos, establece, en su artículo 2°, una asignación especial de estímulo por desempeño en el cumplimiento de metas de reducción de la evasión tributaria, para el personal de planta y a contrata de dicha entidad, cuyo monto será variable en relación al grado y escalafón al que pertenezca o se encuentre asimilado eI funcionario, y describe las bases de cálculo de las partes fija o base de la asignación, y de su componente variable.

Ahora bien, en lo que se refiere a la consulta formulada, es necesario hacer presente que si bien la asignación de estímulo a que se refiere el artículo 2° de Ley N° 19.646 concede una franquicia que, al tenor del artículo 1° transitorio del mismo cuerpo legal, rige con efecto retroactivo a contar del 1 de enero de 1999, ésta corresponde solamente a aquellos funcionarios que se encontraren en servicio a la fecha de publicación de dicho cuerpo legal en el Diario Oficial, esto es, el 13 de noviembre de 1999, criterio armónico con el expresado para casos similares, entre otros, por los dictámenes N°s. 13.270, de 1993, 44.077 y 44.762, ambos de 1999 y 3.105 y 9.647, de 2000.

Lo anterior tiene como fundamento el hecho de que los preceptos legales que conceden...

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