Dictamen nº 28260 de Contraloría General de la República, de 16 de Junio de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 239004422

Dictamen nº 28260 de Contraloría General de la República, de 16 de Junio de 2006

N° 28.260 Fecha: 16-VI-2006

Esta Contraloría General no ha tomado razón de la Resolución N° 9, de 2006, de la Dirección Nacional de Planeamiento del Ministerio de Obras Públicas, mediante el cual se absuelve de responsabilidad administrativa a los señores XX., ex funcionario administrativo a contrata grado 12° E.U.S., y don YY., Jefe de Departamento, directivo, grado 4° E.U.S., al término de un sumario administrativo incoado por este Organismo de Control mediante Resolución de 11 de febrero de 2002, a cuyo respecto la señora Contralora General de la República (S) propuso aplicarles la medida disciplinaria de multa de un 20% de su remuneración mensual.

Como cuestión previa, cabe recordar que mediante el oficio N° 28.198, de 2005, este Organismo Fiscalizador ya había devuelto sin tramitar la Resolución N° 9, del mismo año, del citado servicio, que absolvía de responsabilidad administrativa a los inculpados anteriormente individualizados, medida que, a juicio de esta Entidad Contralora, se justificaba en el caso del señor XX., pero resultaba improcedente tratándose de la situación del señor YY., teniendo en cuenta que se encontraba acreditada fehacientemente en autos la responsabilidad administrativa que le asiste en las irregularidades investigadas, lo cual ameritaba que se le impusiera una sanción correctiva, proporcional y adecuada al mérito del sumario administrativo de que se trata.

Pues bien, en esta oportunidad, la autoridad administrativa reitera los mismos argumentos que fundamentan su decisión de absolver al señor YY., manifestando que los razonamientos esgrimidos por este Organismo de Control no resultan suficientes para la aplicación de un fallo sancionatorio, toda vez que dicha medida vulneraría las normas del debido proceso.

Así, sostiene que en la documentación sumarial adjunta se aprecia que la gran mayoría de los involucrados en el proceso, como es el caso del señor YY., percibieron remuneraciones adicionales por realizar los mayores trabajos que el sistema de Concesiones de Obras Públicas estaba generando, labores desempeñadas a continuación de su jornada habitual, desconociendo absolutamente la existencia del contrato denominado "Trabajo de Apoyo a las funciones de la Coordinación General de Concesiones de la Dirección General de Obras Públicas", de sus Bases Administrativas, de los Términos de Referencia ni de la forma en que se debían verificar los pagos.

Sobre el particular, cabe manifestar que tratándose de sumarios incoados por la Contraloría General en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 133 y siguientes de la Ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la...

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