Dictamen nº 9174 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238992314

Dictamen nº 9174 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2008

N° 9.174 Fecha: 27-II-2008

Se ha remitido a esta Contraloría General la presentación de don XX, quien solicita un pronunciamiento sobre la aplicación de la ley N° 18.392, que establece un régimen preferencial aduanero y tributario para el territorio de la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena, por un plazo de 25 años, respecto de los servicios hoteleros y turísticos que se prestan en el territorio favorecido por dicha ley, cuando ellos han sido contratados por intermedio de agencias de viajes establecidas en otras zonas del país.

Al respecto, cabe señalar que los oficios de este Ente Fiscalizador, aludidos en dicho documento, han sido claros al remitir las consultas al organismo competente en cada caso concreto, en precisa atención a la materia sobre la cual se ha solicitado el pronunciamiento respectivo, pues la ley N° 18.392 regula franquicias tributarias referidas tanto a tributos fiscales internos, como a gravámenes aduaneros o externos, entregando además competencia al Intendente Regional respecto de la determinación de los beneficiarios de dichas franquicias .

Atendido lo expuesto, cumple con informar que, dado que la consulta planteada en el caso de la especie incide en la interpretación de una norma sobre tributación fiscal interna, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se ha estimado pertinente remitirla al Servicio de Impuestos Internos, por corresponderle su conocimiento, según lo dispuesto en el artículo 6° del decreto ley N° 830, de 1974, que aprueba el Código Tributario, y en el artículo 7, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR