Dictamen nº 34079 de Contraloría General de la República, de 24 de Julio de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238981006

Dictamen nº 34079 de Contraloría General de la República, de 24 de Julio de 2006

N° 34.079 Fecha: 24-VII-2006

La Universidad de Magallanes ha solicitado a esta Contraloría General que de manera excepcional, y conforme al artículo 13 de Ley N° 10.336 proceda a la refrendación del pagaré que emitiera esa casa de estudios superiores, por el monto que señala, en garantía por el uso de la línea de crédito autorizada para la cuenta corriente que mantiene con el Banco Santander Santiago.

Al respecto, cabe tener en cuenta que motiva dicha petición la circunstancia de que la Contraloría Regional de Magallanes y Antártica Chilena, por Oficio N° 1.125, de 2004, se abstuvo de refrendar el referido instrumento financiero, por estimar que el empréstito aprobado por Resolución Exenta N° 254, de ese año, de dicha universidad, contravenía, por una parte, la Ordenanza sobre Obtención de Empréstitos y Créditos, aprobada por la Resolución N° 9, de 2000, de esa casa de estudios superiores, texto que exige solicitar información a lo menos a tres entidades bancarias acerca de alternativas y condiciones financieras para la contratación de esa clase de operaciones.

Por otra parte, la mencionada oficina regional estimó que la operación en comento también vulneraba el artículo 1° de la aludida ordenanza que dispuso que tales recursos debían destinarse por ese plantel al financiamiento de proyectos específicos directamente vinculados con sus finalidades y objetivos propios, lo que, a su juicio, excluía la posibilidad de solventar gastos de operación, específicamente, la compra de bienes y servicios.

En lo concerniente al primer aspecto observado, cabe anotar que las tres cotizaciones referidas no eran necesarias, en la especie, para la obtención del empréstito, por cuanto el propio artículo 3° de aquella ordenanza, en su inciso segundo, vigente a la época del contrato, permitía a la citada casa de estudios superiores tratar directamente los créditos con una entidad financiera con la cual tenga un convenio vigente, en el que se estipulen condiciones favorables especiales para la institución y la obligación correlativa de negociar con ella los créditos que requiera, en cuyo caso permitía tratar directamente con ésta el otorgamiento de los que se autoricen.

Precisamente, según consta de los antecedentes tenidos a la vista, la Universidad de Magallanes celebró un contrato con el Banco Santander-Chile, que fue aprobado por la Resolución N° 118, de 2003, del mismo plantel, para la apertura de una cuenta corriente y demás servicios financieros que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR