Dictamen nº 25122 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238979266

Dictamen nº 25122 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2007

N° 25.122 Fecha: 7-VI-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General señor XX, solicitando un pronunciamiento acerca de si la Municipalidad de San Bernardo puede cobrar dos veces derechos de aseo respecto de un mismo inmueble.

Requerido el municipio, éste ha informado a través de su oficio N° 209, de 2007, en síntesis, que el inmueble en cuestión está destinado a servir de casa habitación al señor XX y, además, en él se ha habilitado un local de peluquería con patente comercial a nombre de un tercero, por lo que resulta procedente el cobro por derechos de aseo a ambos ocupantes del mismo domicilio.

Sobre el particular, cabe tener presente que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 7 del decreto ley N° 3.063, de 1979, -Ley de Rentas Municipales- los municipios cobrarán una tarifa anual por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco y sitio eriazo.

Asimismo, el inciso tercero del artículo 9 del citado cuerpo legal, dispone, en lo que interesa, que dichos derechos deben ser pagados por el dueño o por el ocupante de la propiedad afectada, ya sea como usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.

Agrega el inciso cuarto del mismo artículo, que el municipio cobrará directamente la tarifa de aseo que corresponda a los propietarios de los establecimientos y negocios en general, gravados con patente municipal, la que se enterará conjuntamente con la respectiva patente.

Finalmente, debe tenerse presente el inciso quinto del referido artículo 9, en cuanto expresa que respecto del mismo usuario de un inmueble -esto es, que reúna simultáneamente las calidades señaladas precedentemente-, la municipalidad deberá optar, para efectuar el cobro del derecho de aseo, sólo por uno de los conceptos autorizados por esta ley.

Ahora bien, la jurisprudencia de esta Contraloría General...

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