Dictamen nº 45541 de Contraloría General de la República, de 26 de Septiembre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238951802

Dictamen nº 45541 de Contraloría General de la República, de 26 de Septiembre de 2006

N° 45.541 Fecha: 26-IX-2006

Se ha dirigido a esta Contraloría General, el alcalde de la Municipalidad de Padre Hurtado, solicitando un pronunciamiento acerca de la facultad de ese municipio para efectuar tareas de limpieza, plantación y alumbrado en los terrenos que indica.

Expone el municipio aludido, que en esa comuna existe, desde hace más de diez años, trece villas situadas dentro del sector urbano del plan regulador comunal, que no cuentan con obras de urbanización y en las que actualmente viven alrededor de 10.000 personas, las que optaron por la vía de la autoconstrucción para resolver su problema habitacional, y cuyos terrenos, en su mayoría, son de propiedad de quienes habitan esas villas.

Agrega, que los espacios que de hecho esas personas han destinado al uso público, como caminos, plazas, canchas y pasajes están en estado de abandono y en muchos casos sin alumbrado público, con el consiguiente riesgo para la seguridad de sus habitantes, lo que hace necesaria su intervención a los efectos de realizar en esos espacios las tareas de limpieza, plantación y alumbrado, mencionadas.

En apoyo de su posición invoca diversos dictámenes que han reconocido la facultad de los municipios para desarrollar acciones de promoción social, así como lo dispuesto en el artículo 1 ° de la ley N° 16.742.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que, según el artículo 3° de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, corresponde a las municipalidades, en el ámbito de su territorio, entre otras funciones privativas, la promoción del desarrollo comunitario y el aseo y ornato de la comuna.

Asimismo, de acuerdo al artículo 4° de la aludida ley N° 18.695, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas, en lo que interesa, con la salud pública y la protección del medio ambiente y con el apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana.

Enseguida, el artículo 5°, letra c) de esa misma ley, entrega a las municipalidades la administración de los bienes municipales y nacionales de uso público, potestad que, unida a la existencia de disposiciones legales especiales -como son las normas de la ley eléctrica-, y ala jurisprudencia administrativa -contenida, entre otros, en el Dictamen N° 14.390, de 1997- incluye el servicio de instalación, provisión y mantención del alumbrado público que se debe...

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