Dictamen nº 58988 de Contraloría General de la República, de 29 de Noviembre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238941502

Dictamen nº 58988 de Contraloría General de la República, de 29 de Noviembre de 2004

N° 58.988 Fecha: 29-XI-2004

Esta Contraloría General no ha tomado razón de la Resolución N° 94, de 2004, de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, que aplica la medida disciplinaria de amonestación, reprensión personal a la Académica señora XX y de multa equivalente al 20% de su remuneración mensual a la funcionaria señora YY, al término de una investigación sumaria ordenada instruir mediante por esa Superioridad, toda vez que no se ajusta a derecho.

Lo anterior, por cuanto el proceso disciplinario adolece de vicios que inciden en su eficacia, relacionados básicamente con la improcedencia de que el Contralor Interno de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, autoridad que ordenó instruir la investigación sumaria, formule personalmente cargos a las afectadas en atención a que no concuerda con el sobreseimiento propuesto por el investigador.

Sobre el particular, conviene hacer presente que si bien el legislador ha radicado la potestad disciplinaria en la administración activa, confiriéndole a la autoridad la facultad de determinar la absolución o la aplicación de alguna medida disciplinaria respecto del personal de su dependencia, conforme a lo preceptuado en el artículo 134 de la ley N° 18.834, que aprueba el Estatuto Administrativo, el ejercicio de tal atribución debe ser ejercida con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico.

En este sentido, cabe recordar que a este Organismo de Control, en ejercicio de la facultad exclusiva y excluyente otorgada por la Constitución Política en sus artículos 87 y 88, le compete pronunciarse sobre la legalidad de los actos administrativos, debiendo tomar razón de ellos sólo si se ajustan a derecho, o representarlos en caso contrario, en armonía con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 10.336, vigilando por la correcta aplicación de las normas estatutarias que rigen a los funcionarios de las entidades sometidas a su fiscalización, y emitiendo dictámenes obligatorios que constituyen la jurisprudencia administrativa, cuyo incumplimiento genera responsabilidades. (Aplica dictamen N° 46.236, de 1998, de esta Entidad de Control, entre otros.)

Precisado lo anterior, y tras efectuar un detenido estudio de los antecedentes del proceso adjunto, esta Entidad Fiscalizadora ha constatado que a fojas 164 y 165 de autos, el fiscal instructor propuso el sobreseimiento genérico de la investigación por no existir, a su juicio, responsabilidades administrativas o académicas que...

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