Dictamen nº 28253 de Contraloría General de la República, de 19 de Junio de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238931878

Dictamen nº 28253 de Contraloría General de la República, de 19 de Junio de 2008

N° 28.253 Fecha: 19-VI-2008

La Subdivisión Nombramientos de esta Contraloría General, ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Economista, otorgado por la Universidad de la República de Uruguay, reviste el carácter de título profesional habilitante para ser contratado en la planta profesional, grado 8° E.U.S., en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Sobre el particular, cabe consignar que el artículo 1° de la Convención sobre Ejercicio de Profesiones Liberales entre Chile y Uruguay, promulgada por ley N° 3.290, dispone que los ciudadanos de cualquiera de las dos repúblicas contratantes podrán ejercer libremente en el territorio de la otra la profesión para la cual estuvieren habilitados, por diploma o título expedido por la autoridad nacional competente, siempre que para ese ejercicio no sea exigida por la ley la calidad de ciudadano chileno o uruguayo.

Para el cumplimiento de lo anterior, la citada Convención establece, en su artículo 4° que el diploma o certificado antes indicado y el certificado de identidad de persona, pasada por el agente diplomático o consular de la Nación que hubiere expedido el diploma o certificado, producirán los efectos pactados en la presente Convención, después de registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, hecho que consta en esta oportunidad.

Sin perjuicio de lo anterior, y según el criterio contenido en los dictámenes N°s 33.005, de 1997; 26.573, de 2004, y 17.128, de 2006, de esta Entidad Fiscalizadora, el reconocimiento de un título no tiene por efecto dispensar a su titular de la obligación de satisfacer las demás condiciones que, para el ejercicio de la profesión de que se trate, exijan las normas jurídicas nacionales y las autoridades gubernamentales o profesionales competentes.

Ahora bien, en lo que interesa, el artículo 3° de la ley N° 19.179, que modifica la planta de personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dispone que para el ingreso y promoción en la planta profesional, en cargos ubicados entre los grados 8 al 18, se requiere acreditar...

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