Dictamen nº 5054 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238931466

Dictamen nº 5054 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2005

N° 5.054 Fecha: 31-I-2005

Don XX., ex Teniente de Carabineros, en sus presentaciones dirigidas a esta Contraloría General expresa que no obstante haberse establecido por el dictamen N° 29.943, de 2004, que le asiste el derecho a reliquidar su pensión de retiro con el 25% de asignación de casa, el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile no ha dado cumplimiento a esta orden. De igual modo, solicita se le reconozca el derecho a seguir incrementando su pensión con la bonificación profesional y con la gratificación policial imponible, incorporadas primitivamente en el documento que le otorgó pensión. Pide, asimismo, de acuerdo con los fundamentos que invoca, que la reliquidación de su pensión, aumentada con los sueldos de grado superior otorgados en conformidad con el artículo 16 de la ley N° 11.595, rija desde el 19 de noviembre de 1984, en que se reliquidó su pensión sobre la base del tiempo servido como alcalde.

Por su parte, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; mediante oficio N° 2.830, de 2004, solicita la ratificación o la rectificación del citado dictamen N° 29.943, de 2004, en aquella parte que concluyó que al interesado le ha correspondido percibir un 25% de asignación de casa, en circunstancias que, de acuerdo con las disposiciones que indica, dicho porcentaje debería ser del 14%.

Sobre el particular, cumple expresar que por el citado dictamen N° 29.943, de 2004, esta Entidad de Control concluyó que al interesado le asiste el derecho a percibir el 25% de asignación de casa, y que el derecho a reliquidar su pensión, reconocido por el dictamen N° 42.629, de 2003 -que constituyó un cambio de jurisprudencia al dejar sin efecto el dictamen N° 17.219 y el oficio N° 17.724, ambos de 1985- ha debido regir desde la data de emisión de dicho dictamen N° 42.629, sin perjuicio de tener en cuenta, en la situación del recurrente, la fecha en que efectuó su última presentación ante esta Contraloría General, es decir, desde el 11 de junio de 2003.

Luego, en lo que dice relación con el porcentaje de asignación de casa que ha debido tenerse en cuenta para practicar la reliquidación de la pensión del señor XX. por el citado dictamen N° 42.629, de 2003, esta Contraloría General ha efectuado un nuevo análisis de los antecedentes que concurren en la situación de la especie, concluyendo esta vez que el porcentaje que legalmente corresponde considerar para llevar a cabo este trámite es el 14% y no el 25%, como se sustentara en el...

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