Dictamen nº 18536 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238927954

Dictamen nº 18536 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2005

N° 18.536 Fecha: 19-IV-2005

Se solicita un pronunciamiento a esta Contraloría General acerca del derecho que le asistiría para ascender al grado de Comisario del Escalafón de Administración de la planta de Oficiales de los Servicios de la Policía de Investigaciones de Chile, considerando el tiempo de permanencia que ha tenido en el grado de Subcomisario, y los abonos de tiempo que la ley autoriza por haberse desempeñado en otra planta en posesión de un título de contador.

Requerida al efecto, la Policía de Investigaciones ha informado que el ocurrente, habiendo pertenecido al Escalafón de Intendencia, fue reencasillado en virtud de Ley N° 19.586, que establece nuevas plantas de la Policía de Investigaciones, a contar del 25 de septiembre de 1998, como Inspector en el Escalafón de Administración de la planta de Oficiales de los Servicios, siendo luego ascendido, a contar del 15 de mayo de 2001, al cargo de Subcomisario, en el mismo escalafón.

Agrega que, en su opinión, es suficiente una permanencia de 5 años en el grado actual para ascender al grado superior de Comisario, pudiendo computar el tiempo anterior desde que obtuvo el título de contador hasta la fecha de su ingreso al escalafón de Administración. Afirma que no sería procedente exigirle que además acredite una permanencia de 15 años en el mismo escalafón, ya que tal requisito no lo contempla la ley.

Por otra parte, la Policía de Investigaciones de Chile ha solicitado a esta Contraloría General la reconsideración del Dictamen N° 18.489, de 2004, en el cual se expresó que el Subprefecto del Escalafón de Finanzas, de la planta Oficiales de los Servicios, don XX, nombrado por concurso público en ese grado, en virtud de Ley N° 19.586, a contar del 31 de diciembre de 1998, requiere de una permanencia mínima de 19 años en el escalafón, para poder ascender al grado de Prefecto, sin perjuicio de la exigencia de contar con 7 años en el grado de Subprefecto.

La institución policial, sostiene, en síntesis, que un Subprefecto del Escalafón de Finanzas para ascender al grado de Prefecto requiere una permanencia en su grado durante al menos 7 años, y que no corresponde exigirle 19 años de permanencia en el mismo escalafón, ya que la ley no establece tal requisito. Lo anterior, conforme a lo manifestado por esta Contraloría General en el Dictamen N° 16.610, de 1982, en el sentido de que el Estatuto del Personal no condiciona el ascenso al cómputo acumulativo de los períodos que el servidor debe...

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