Dictamen nº 20869 de Contraloría General de la República, de 22 de Abril de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238888474

Dictamen nº 20869 de Contraloría General de la República, de 22 de Abril de 2009

N° 20.869 Fecha: 22-IV-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General, el Alcalde de la Municipalidad de Nacimiento, solicitando la aclaración del dictamen N° 9.321, de 2009, en el sentido de dilucidar si lo concluido en éste importa la aprobación por parte de este Organismo de Control del monto de los honorarios cobrados por el abogado contratado para asumir la defensa de los concejales de esa entidad edilicia.

En primer término, cabe recordar que el citado dictamen confirmó el criterio sostenido en el dictamen N° 5.839, de 2008, de la Contraloría Regional del Bío Bío, que concluyó que se ajustaba a derecho que el mencionado municipio -que carecía de asesor jurídico- asumiera el pago de los honorarios profesionales del abogado contratado por los concejales para defenderse de las acciones legales interpuestas en su contra por actuaciones verificadas en el ejercicio de sus funciones.

Al respecto, resulta útil recordar que la conclusión anotada se sustenta en la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en la jurisprudencia de esta Entidad de Control -contenida, entre otros, en el dictamen N° 17.678, de 1995-, la cual reconoce la procedencia de la contratación de abogados para la defensa judicial de los concejales, cuando se encuentra referida a actuaciones municipales reguladas en esa ley -como acontece con aquéllas relativas a la adopción de un acuerdo del concejo- y no a un asunto meramente personal de cada concejal.

En este orden de consideraciones, es necesario precisar que el referido dictamen al que se refiere la consulta de la entidad edilicia recurrente se pronunció respecto de la procedencia que ésta asumiera el pago de los honorarios profesionales del abogado contratado para defender a los concejales bajo los supuestos...

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