Dictamen nº 45427 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238552202

Dictamen nº 45427 de Contraloría General de la República, de 10 de Agosto de 2010

N° 45.427 Fecha: 10-VIII-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Directorio de la Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de Peñalolén solicitando un pronunciamiento sobre la procedencia de que ese municipio, previo acuerdo del Concejo Municipal, haya traspasado fondos al servicio de bienestar municipal, con el propósito de pagar al personal de esa entidad edilicia el incremento otorgado por la ley N° 20.198, que modifica normas sobre remuneraciones de los funcionarios municipales, como una forma de aminorar los efectos generados con ocasión de lo determinado por este Organismo Contralor en los dictámenes N os 41.551, de 2008, y 6.105, de 2009.

Requerido su informe, la referida municipalidad lo emitió mediante el oficio N° 1400/18, de 2009, en el que manifiesta que los hechos expuestos por la entidad recurrente, corresponderían al cumplimiento de lo dictaminado por esta Entidad Fiscalizadora en los aludidos pronunciamientos.

Sobre el particular y como cuestión previa, cumple advertir que personal fiscalizador de la División de Municipalidades de esta Entidad Fiscalizadora se constituyó en la Municipalidad de Peñalolén, para determinar los montos pagados a los funcionarios y el procedimiento utilizado para el entero del aludido bono, verificando que el alcalde, previo acuerdo del referido Concejo, y a través de un traspaso de fondos al servicio de bienestar municipal, pagó el 17 de diciembre de 2008 a todos sus servidores un bono por la suma total de $72.700.000, imputando el desembolso al Subtítulo 21, Gastos en Personal; Ítem 01 y 02, Personal de Planta y Contrata; Asignación 002, Aportes del Empleador, del presupuesto municipal del año 2008.

Además, se constató que en el mes de febrero de 2009, la entidad edilicia elaboró liquidaciones de remuneraciones que dan cuenta de las sumas pagadas en diciembre de 2008, como parte de una primera cuota y, también, que realizó una reliquidación en los términos del dictamen N° 6.105, de 2009, pagando a sus funcionarios en el mes de marzo de dicho año la suma total de $178.637.732, con cargo, en este último caso, también al Subtítulo 21 e Ítem 01 y 02, pero a la Asignación 001, Sueldos y Sobresueldos, del presupuesto municipal del año 2009.

En este orden de ideas, es posible inferir que el beneficio que se concediera a los servidores en el mes de diciembre de 2008, era un avance del monto total que con motivo del incremento de la ley N° 20.158 debía percibir el personal y cuyo entero a través de un bono otorgado por el servicio de bienestar, era el procedimiento utilizado por el municipio para dar cumplimiento a su obligación.

Corrobora lo anterior, la...

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