Dictamen nº 43241 de Contraloría General de la República, de 2 de Agosto de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238552106

Dictamen nº 43241 de Contraloría General de la República, de 2 de Agosto de 2010

N° 43.241 Fecha: 02-VIII-2010

La Municipalidad de San Bernardo ha remitido a este Organismo Contralor los actos administrativos N°s. 2.233, de 2009, y 250, 251, 252, 253, 254, 255, y 256, todos de 2010 -en original el primero y en fotocopia los siguientes-, mediante los cuales se concede el bono post laboral, establecido en la ley N° 20.305, a los funcionarios de la Corporación Municipal de Educación y Salud de esa comuna, que en cada uno de ellos se individualizan.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo , inciso décimo, de la ley N° 20.305, previene que "En el caso de las corporaciones municipales, creadas en virtud de lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, remitirán a la municipalidad respectiva, todos los antecedentes del trabajador que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2°. El municipio, con el mérito de dichos antecedentes, dictará el acto administrativo correspondiente, y cuando proceda los remitirá al Servicio de Tesorerías de conformidad al artículo 8°".

En primer término, es preciso aclarar que el mencionado inciso décimo utiliza la expresión "acto administrativo", debiendo entenderse por tal, de conformidad con lo establecido en el artículo , inciso segundo, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, las decisiones formales que emitan éstos, en las cuales se contienen declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública, los que, según agrega el inciso tercero del mismo precepto legal, tomarán la forma de decretos supremos y resoluciones.

Lo anterior, resulta concordante con lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en orden a que las resoluciones que adopten estas últimas se denominan decretos alcaldicios cuando versan sobre casos particulares.

De este modo, no cabe duda que los instrumentos que dicten las municipalidades y que concedan el bono en comento al personal de las corporaciones municipales, constituyen decretos alcaldicios -por lo que corresponde que las actuaciones de la especie reciban dicha denominación, la que resulta ambigua en los instrumentos de la especie, en los términos en que está redactada-, cuya dictación la ley N° 20.305 le encomienda a las autoridades edilicias, una vez recibidos de parte de la respectiva corporación...

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