Dictamen nº 64415 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237955330

Dictamen nº 64415 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 2010

N° 64.415 Fecha: 29-X-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Néstor Moreno Saavedra, para solicitar un pronunciamiento que determine si la circular Nº 1608, de 2009, de la Superintendencia de Pensiones, se ajusta a derecho, al determinar la tabla de reajustes e intereses penales a aplicar por las administradoras de fondos de pensiones para el período comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2009, considerando intereses que, a su juicio, se encuentran mal calculados.

Por su parte, don Héctor Castillo Osorio, requiere que se efectúe una investigación en la referida Superintendencia de Pensiones, por cuanto, según su parecer, ese organismo entrega información engañosa respecto de las modalidades por las que se puede optar para obtener una pensión de jubilación en el régimen previsional del decreto ley Nº 3.500, de 1980, particularmente en lo que dice relación con la de retiro programado.

Sobre la materia, este Organismo Fiscalizador cumple con señalar que conforme al artículo 94 N° s 2, 3 y 12 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, en concordancia con el artículo 47 numeral 1) de la ley Nº 20.255, sobre reforma previsional, le corresponde a la Superintendencia de Pensiones fiscalizar el funcionamiento de las administradoras de fondos de pensiones y el otorgamiento de las prestaciones que éstas conceden a sus afiliados, el funcionamiento de las sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales, como también, fijar la interpretación de la legislación y reglamentación del Sistema, con carácter obligatorio para dichas administradoras, las sociedades filiales a que se refiere la norma y las sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales, dictar las normas generales para su aplicación e informar a los afiliados respecto de sus derechos y obligaciones en relación con el sistema de pensiones, utilizando medios propios o a través de otras entidades, con el objeto de dar cobertura nacional a este servicio.

Del mismo modo, el citado artículo 47 numeral 6) de la ley Nº 20.255, indica que la Superintendencia de Pensiones tiene atribuciones para dictar normas e impartir instrucciones de carácter...

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