Resolución núm. 305, publicada el 03 de Junio de 2014. POSTERGA VIGENCIA DE OBLIGACIÓN QUE INDICA PARA MUNICIPALIDAD DE HUALQUI - CONTROLARÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 513623574

Resolución núm. 305, publicada el 03 de Junio de 2014. POSTERGA VIGENCIA DE OBLIGACIÓN QUE INDICA PARA MUNICIPALIDAD DE HUALQUI

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTROLARÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

POSTERGA VIGENCIA DE OBLIGACIÓN QUE INDICA PARA MUNICIPALIDAD DE HUALQUI

Santiago, 20 de mayo de 2014.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 305.- Considerando:

Que conforme a la Constitución Política de la República corresponde a la Contraloría General ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración del Estado.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 53 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, las resoluciones que dicten las entidades edilicias estarán exentas del trámite de toma de razón, pero deberán registrarse ante esta Contraloría General cuando afecten a funcionarios municipales. Para tal objeto, este Órgano Contralor debe llevar un registro del personal municipal en la forma y condiciones en que lo hace para el resto del sector público, debiendo las municipalidades remitir los antecedentes que éste les solicite.

Que la forma en que se llevará a cabo dicho registro se encuentra establecida en las resoluciones Nº 1.600, de 2008, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y Nº 908, de 2011, que Fija Normas Sobre Registro Electrónico de Decretos y Resoluciones Exentos Relativos a las Materias que Indica, ambas de esta Contraloría General.

Que, por su parte, el oficio circular Nº 15.700, de 2012, de este Órgano de Control ha establecido los actos administrativos municipales sujetos a registro.

Que a fin de velar por el debido cumplimiento de la función pública, por la eficiente e idónea administración de los medios públicos, por el derecho de los funcionarios a conocer y disponer de la información relativa a los actos administrativos que los afectan, y por la utilidad que significa para las municipalidades el mantener al día la información de su personal, es que resulta conveniente utilizar las actuales tecnologías de la información para facilitar y hacer más expedito dicho trámite, tanto para los municipios como para esta Contraloría General.

Que, a partir del año 2013, y de manera gradual, el registro de los actos administrativos de las municipalidades, se realiza electrónicamente a través del "Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado", en adelante, "SIAPER", plataforma web que ha desarrollado la Contraloría General como herramienta de apoyo para el ejercicio del control de juridicidad de los actos administrativos y de fiscalización que en materia de personal le corresponde realizar.

Que, este sistema de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR