Decreto núm. 889, publicado el 02 de Noviembre de 2013. AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Núm. 889.- Santiago, 28 de junio de 2013.- Vistos: El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44º, 45º y 46º del DL Nº 1.263, de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; el artículo 17 de la ley Nº 20.641; el Convenio de Programación Nº 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,
Decreto:
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Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 2.900.000 (dos millones novecientas mil unidades de fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley Nº 20.641.
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La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:
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Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del
Estado.
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Tipo de Bonos : Bonos desmaterializados a ser
emitidos en Chile, por monto
fijo o con cargo a una línea de
bonos, inscritas en el Registro
de Valores de Oferta Pública de
la Superintendencia de Valores
y Seguros.
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Monto de la Emisión : Hasta UF 2.900.000 (dos millones
novecientas mil unidades de
fomento) o su equivalente en
pesos, moneda de curso legal en
Chile.
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Moneda : Unidades de Fomento y/o pesos.
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Plazo : No inferior a 10 años y no superior
a 30 años, contados desde el 1º
de septiembre del año 2013.
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Amortización de Capital: Variable, distribuida hacia el
final del instrumento.
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Rescate Anticipado: Con o sin rescate anticipado.
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Tasa de Interés: Los bonos devengarán un interés
anual sobre el valor nominal a
la par, expresado en pesos o en
unidades de fomento, pagadero
semestral o anualmente, según
determine la Empresa emisora,
por semestres vencidos o
anticipados, a una tasa que no
podrá exceder de 3,7% anual.
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Plazo de colocación : Hasta el 31 de diciembre de 2013.
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Garantizador : República de Chile.
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Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles
del Estado destinará el 100% de
los recursos provenientes de la
colocación de los bonos al
financiamiento del Proyecto
Servicio Rancagua Express.
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La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones legales...
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