Decreto 160 - OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA AL DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD DEL AMBIENTE DE LA REGION METROPOLITANA
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA AL DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD DEL AMBIENTE DE LA REGION METROPOLITANA
Núm. 160.- Santiago, 14 de junio de 2002.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; la facultad que me confiere el artículo 36 del Código Sanitario; y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 3, 9, 79 y 80 del Código Sanitario, D.L. Nº 2.763 de 1979, ley Nº 18.122 y D.S. Nº 206/82 del Ministerio de Salud; la resolución Nº 520/96 de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Director del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana;
Considerando:
1) Que la Empresa Metropolitana de Disposición y Tratamiento de Basuras Limitada (Emeres Ltda.), integrada por un conjunto de Municipios de la Región Metropolitana, convocó en febrero del año 2001, en su calidad de responsable del tratamiento y disposición de los residuos sólidos domiciliarios generados en sus comunas, a licitación pública para adjudicar el servicio de tratamiento y disposición intermedia y final de tales residuos, con el objeto de reemplazar el Relleno Sanitario ''Lepanto'', ubicado en la comuna de San Bernardo, cuya administración fuera ejercida por dicha empresa durante los últimos 7 años y cuyo cierre fuera ordenado por la autoridad sanitaria por resolución Nº 13.648, de fecha 16 de junio de 2000, debido a la grave situación ambiental y sanitaria en que este último relleno se encontraba ya en dicha época;
2) Que en agosto del año 2001, Emeres Ltda. adjudicó a las empresas Consorcio Santa Marta S.A. y Coinca S.A. tal licitación, y con ello el encargo de poner en marcha y operar instalaciones de rellenos sanitarios y estaciones de transferencia, habiendo estipulado Emeres Limitada en las bases de la licitación antes referida garantías suficientes para obtener el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones de las empresas adjudicatarias;
3) Que el Consorcio Santa Marta S.A. ha incurrido en reiterados incumplimientos que han significado para la Región Metropolitana dificultades en la recolección, tratamiento y disposición de los residuos sólidos domiciliarios generados en una cantidad importante de comunas de dicha región;
4) Que mediante resolución exenta Nº 433 de fecha 3 de agosto de 2001, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, se calificó ambientalmente favorable el proyecto ''Relleno...
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