Resolución núm. 32, publicada el 15 de Octubre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 204, DE 2004 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 539132722

Resolución núm. 32, publicada el 15 de Octubre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 204, DE 2004

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 204, DE 2004

Núm. 32.- Santiago, 14 de abril de 2014.- Vistos:

1) La resolución DGA Nº 204, de 14 de mayo de 2004, declaró área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el acuífero del río La Ligua, provincia de Petorca, Región de Valparaíso;

2) El informe técnico Nº 70, de 5 de marzo de 2014, denominado "Definición sobre los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en las Áreas de Restricción La Ligua y Petorca, Región de Valparaíso", de la Dirección General de Aguas;

3) El informe técnico DARH Nº 95, de 21 de marzo de 2014, denominado "Reevaluación de la Disponibilidad de Recursos Hídricos Subterráneos en los Sectores Acuíferos La Ligua y Petorca, Región de Valparaíso", del Departamento de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección General de Aguas;

4) Lo dispuesto en los artículos 65, 66 y siguientes del Código de Aguas y en los artículos 30 y siguientes del decreto Nº 203, de 20 de mayo de 2013, que Aprueba Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas;

5) Las facultades que me confiere la letra c) del artículo 300 del Código de Aguas, y

Considerando:

  1. - Que mediante resolución DGA Nº 204, de 14 de mayo de 2004, declaró área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el acuífero del río La Ligua, provincia de Petorca, Región de Valparaíso, cuya delimitación se representó geográficamente en el Mapa Nº 2, contenido en el informe técnico Nº 84, de 8 de abril de 2004, del Departamento de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección General de Aguas.

  2. - Que para dicha área de restricción se estableció la pertinencia de otorgar derechos provisionales por un caudal equivalente a un 25% de los derechos otorgables como definitivos en el acuífero, correspondiente a un caudal de 1.396 litros por segundo.

  3. - Que el informe técnico DARH Nº 95, de 21 de marzo de 2014, denominado "Reevaluación de la Disponibilidad de Recursos Hídricos Subterráneos en los Sectores Acuíferos La Ligua y Petorca, Región de Valparaíso", del Departamento de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección General de Aguas, señala que desde el punto de vista de la sectorización, en las cuencas de los ríos La Ligua y Petorca, actualmente existen definidos sólo 2 sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común (el del río La Ligua y el del río Petorca), lo que conlleva...

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