Dictamen nº 120 de Contraloría General de la República, de 3 de Enero de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239108774

Dictamen nº 120 de Contraloría General de la República, de 3 de Enero de 1990

municipalidad de paillaco debe negar exencion de los derechos por permiso de circulacion y por patente comercial solicitado por cooperativa electrica paillaco limitada, porque esta entidad no goza de la franquicia contemplada en dl 3063/79 art/27, siendo improcedente la celebracion de una transaccion al respecto entre el municipio y la cooperativa. estas corporaciones que ejercen actividades gravadas con patente municipal no gozan de la exencion de aquel art/27 y por ello estan afectas al pago del 50 por ciento del monto total de dicha contribucion conforme dto 502/78 econo art/54 lt/c, salvo aquellas que se refieren a la elaboracion o expendio de bebidas alcoholicas y tabaco, las cuales no gozan de tal rebaja. acorde ley 10336 art/6 y art/19, el municipio esta obligado a aplicar esta jurisprudencia, a menos que una sentencia judicial resuelva situaciones...

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