Dictamen nº 18973 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239492014

Dictamen nº 18973 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2001

Nº 18.973 Fecha: 22-V-2001

Mediante pase Nº 2109, del año en curso, la Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido la solicitud del SERVIU de la Región de Los Lagos, relativa a que se reconsidere el criterio expuesto en el oficio Nº 642, de 2001, de la mencionada Oficina de Control, el cual concluyó que procedía investigar los pagos excesivos efectuados a los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces por concepto de actuaciones concernientes a títulos traslaticios de dominio que dentro del ámbito de sus atribuciones corresponde tramitar a ese Servicio y determinar las responsabilidades administrativas y pecuniarias comprometidas al no haber aplicado para tales efectos el artículo 3° del decreto ley Nº 2833, de 1979. Al respecto el Servicio expresa que no utilizó el sistema previsto por la norma, en atención a que, a su juicio, su aplicación era facultativa y que, en todo caso, actuó de buena fe.

Sobre el particular, cumple señalar en primer término que el artículo 41 de la ley Nº 18.591, que sustituyó el artículo 3° del decreto ley Nº 2833, de 1979, establece en sus incisos primero y segundo que "Los Notarios no podrán cobrar por su intervención en el otorgamiento de las escrituras a que alude el artículo 1° una suma superior al 35% de la cantidad fijada para esa actuación en el arancel vigente.".

"Los Conservadores de Bienes Raíces podrán cobrar como máximo el 20% de los derechos que determine el respectivo arancel por las inscripciones y anotaciones que deban practicar, y...

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