Oficio nº 003451 de 3 de Mayo de 1991, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 18.469; Ley Nº 18.764) - Doctrina Administrativa - VLEX 480742430

Oficio nº 003451 de 3 de Mayo de 1991, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 18.469; Ley Nº 18.764)

Ud. ha recurrido a esta Superintendencia solicitando se indique algún mecanismo que permita reembolsar a la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales de la Universidad de Chile los subsidios por incapacidad laboral pagados por ésta a sus trabajadores, derivados de las licencias médicas que acompaña.


Expresa que la solicitud de reembolso fue devuelta por ese Servicio de Salud, habida consideración que su cobro fue formulado fuera del plazo legal de 6 meses que establece la Ley Nº 18.764, para los servicios descentralizados.


Sin embargo, dicha Facultad ha asistido en su reembolso, aduciendo que no fue informada oportunamente de los cambios en el procedimiento para obtener los reembolsos por parte de los servicios descentralizados y por otra parte, agrega que habría formulado la solicitud dentro del plazo, la cual habría sido rechazada por no ajustarse los cálculos a la normativa vigente, efectuándose posteriormente las correcciones y estas últimas, fueron enviadas fuera del plazo.


Sobre el particular, cabe señalar que la citada Ley Nº 18.764, sobre presupuesto del sector público año 1989, en su artículo 13, sólo dispone acerca de los servicios centralizados en cuanto a los pagos, recuperaciones y devolución de las cantidades pagadas por concepto de subsidios derivados de licencias médicas.


Respecto del asunto consultado, esta Superintendencia puede señalar que en situaciones similares, ha manifestado que el artículo 24 de la ley Nº 18.469, aplicable al caso, contiene en su inciso tercero normas sobre prescripción para solicitar y obtener las devoluciones a favor de los servicios públicos e instituciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR