Yufra - Northexpro SpA - 2 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 950927036

Yufra - Northexpro SpA

Número de registroCVE-2396100
Fecha de publicación02 Noviembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.690
CVE 2396100 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.690 | Jueves 2 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 2396100
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT O-828-2023, RUC 23-
4- 0488550-2, caratulada “YUFRA/NORTHEXPRO SPA”, se ha ordenado notificar a la
demandada NORTHEXPRO SPA, RUT Nº 76.930.704-4, persona jurídica representada por
MICHAEL ANDRÉS MUNDACA GODOY, mediante aviso que se publicará en el Diario
Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la siguiente
demanda extractada: ANA ROJAS SANDOVAL, Abogada habilitada para el ejercicio de la
profesión, cédula de identidad 15.692.042-8, en representación convencional -según se
acreditará- de don BYRON BRIO YUFRA MENDOZA, cédula de identidad 22.581.787-1,
peruano, soltero, ambos domiciliados para estos efectos en calle Latorre Nº 2425, Antofagasta,
con respeto digo: Que, en mérito de lo dispuesto en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 160, 161, 162, 168,
todos del Código del Trabajo y demás disposiciones sustantivas que se citarán en el cuerpo del
presente líbelo, vengo en este acto en interponer demanda por DESPIDO INJUSTIFICADO,
COBRO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES LABORALES, en procedimiento de
aplicación general, en contra de COMERCIALIZADORA SERVICIOS E INGENIERIA
NORTHEX SpA, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario
76.930.704-4, representada legalmente por don MICHAEL ANDRES MUNDACA GODOY,
cédula de identidad 15.691.580-7, o por quien corresponda a la época de la notificación
conforme lo prescribe el artículo 4º del Código del Trabajo, ambos con domicilio en PICOLHUE
Nº 966, ANTOFAGASTA, y subsidiaria y/o solidariamente en contra de 1) SOC.
CONTRACTUAL MINERA BUFALO, persona jurídica del giro de su denominación, rol único
tributario 77.114.779-8, representada legalmente por quien corresponda a la época de la
notificación conforme lo prescribe el artículo 4º del Código del Trabajo, con domicilio en LOS
MILITARES Nº 4290, SANTIAGO y solidariamente a 2) SOC. QUIMICA Y MINERA DE
CHILE, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario 93.007.000-9,
representada legalmente por doña Bárbara Blumel González, quien corresponda a la época de la
notificación conforme lo prescribe el artículo 4º del Código del Trabajo, con domicilio en Los
Militares Nº 4290, piso 6º, Las Condes, Región Metropolitan; 2) SQM INDUSTRIAL S.A., RUT
79.947.100-0, persona jurídica de privado y giro comercial, representada legalmente por doña
Bárbara Blumel González o por quien lo represente legalmente de acuerdo al artículo 4º del
Código del Trabajo, a la época de la notificación, ambos con domicilio en Los Militares Nº 4290,
piso 6º, Las Condes, Región Metropolitana; 3) S.Q.M. SALAR, RUT 79.626.800-K, persona
jurídica de derecho privado y giro comercial, representada legalmente por do Mario Salgado
Ponce, o por quien lo represente legalmente de acuerdo al artículo 4º del Código del Trabajo, a la
época de la notificación, ambos con domicilio en Los Militares Nº 4290, piso 6º, Las Condes,
Región Metropolitana, por los siguientes argumentos de hecho y fundamentos de derecho que a
continuación paso a exponer: •• CONSIDERACIONES DE HECHO: •• 1.- ANTECEDENTES
DE LA RELACIÓN LABORAL: 1.- Que, con fecha 20 de marzo de 2023, el demandante inicia
relación laboral, bajo vínculo de subordinación y dependencia con la demandada
COMERCIALIZADORA, SERVICIOS E INGENIERIA NORTHEX SpA, en los términos
preceptuados por el artículo 7º del Código del Trabajo, para realizar funciones de MAESTRO
DE COCINA Y CASINO para desarrollar sus funciones en las instalaciones de Proyecto Búfalo
de SOC. CONTRACTUAL MINERA BUFALO, ubicadas en la comuna de Sierra Gorda,
localidad de Baquedano ruta B-385 KM 70, aproximado por camino a Salar de Atacama, según
indicación de contrato de trabajo; 2.- La jornada de trabajo está distribuida según consta en el
contrato de trabajo, por ciclos de 10 x10, con una jornada de 12 horas diarias en horario de 06:00
a 18:00; 08:00 a 20:00; 10:00 a 22:00 horas. Con un tiempo destinado para colación de 1 hora
imputable a la jornada, siendo el promedio de horas semanales de trabajo en el ciclo de 42 horas;
3.- Al momento del término de la relación laboral, de acuerdo con el artículo 172 del Código del
Trabajo, la remuneración del actor ascendía a la suma de $ 982.292.-, la que estaba compuesta

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