XGRAMOS SpA 76.602.026-7 - 16 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 869113657

XGRAMOS SpA 76.602.026-7

Número de registroCVE-1961755
Fecha de publicación16 Junio 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.980
CVE 1961755 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.980 | Miércoles 16 de Junio de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1961755
EXTRACTO
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría, con oficio en
calle Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 2
de junio de 2021 bajo el repertorio N° 9842-2021, ante mi, DAVID ANTONIO SEPÚLVEDA
GUTIÉRREZ, cédula de identidad número 14.135.992-4, domiciliado para estos efectos en
Avenida Macul número 2701, departamento número 2003, comuna de Macul, Región
Metropolitana, modificó la sociedad “MERAKI SpA”, en adelante “XGRAMOS SpA”.
Modificaciones que consisten: 1) Se modifica el Artículo Primero de los estatutos sociales
relativo al nombre de la sociedad, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye
una sociedad por acciones cuyo nombre será “XGRAMOS SpA” pudiendo actuar ante toda clase
de entes, incluso bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía “XGRAMOS”. 2)
Se modifica el Artículo Segundo de los estatutos sociales, relativo al domicilio social, por el
siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de
Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en
otros puntos del país o en el extranjero”. 3) Se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos
sociales, relativo al objeto social, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad
tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con
otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La compra, venta,
importación, exportación, producción, elaboración, industrialización, almacenaje, empaque,
distribución, comercialización al por mayor y por menor de toda variedad de frutos secos,
harinas, granos y/o cereales de todo tipo, como también de toda clase de productos alimenticios
que sirvan para el consumo, incluyendo aquellos propios del rubro de supermercados, almacenes,
cafeterías, confiterías y/o tostadurías, pudiendo desarrollar lo anterior de manera presencial o
mediante modalidad “E - Commerce Online”; b) La explotación de toda clase de
establecimientos comerciales; c) La compra, venta y arriendo de bienes muebles e inmuebles; d)
La producción, organización, administración y realización de eventos y reuniones sociales de
toda clase tales como banqueterías, garzonería, catering, fiestas, ferias y/o stands y otros
relacionados, pudiendo al efecto celebrar cualquier tipo de acto o contrato para el arriendo y
contratación de productos y/o servicios afines al rubro; e) Finalmente, la realización de todas
aquellas actividades industriales o comerciales, pudiendo ejecutar todo tipo de actos y/o
contratos relacionados con el objeto social y en general realizar cualquier acto, contrato y/o
negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del giro social”. 4) Se modifica el
Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, según lo
señalado en escritura extractada. Materia no extractable. 5) Se modifica el Artículo Séptimo de
los estatutos sociales, relativo a las facultades del Gerente General, según lo señalado en
escritura extractada. Materia no extractable. 6) Se modifica el Artículo Octavo de los estatutos
sociales, relativo a las Juntas de Accionistas, según lo señalado en escritura extractada. Materia
no extractable. 7) Se inserta el Artículo Décimo Primero en los estatutos sociales, relativo a la
fiscalización de la administración, según lo señalado en escritura extractada. Materia no
extractable. 8) Se inserta el Artículo Décimo Segunda en los estatutos sociales, relativo a la
distribución de utilidades, según lo señalado en escritura extractada. Materia no extractable. En
todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura
extractada. Santiago, 09 de junio de 2021.

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