WPD MALLECO SpA 76.311.929-7* - 21 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875079116

WPD MALLECO SpA 76.311.929-7*

Fecha de publicación21 Marzo 2020
Número de registroCVE-1742845
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.610
CVE 1742845 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.610 | Sábado 21 de Marzo de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1742845
EXTRACTO
Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con
domicilio en Huérfanos 959 oficina 501, Santiago Centro, certifica: Con fecha 12 de marzo de
2020, ante mí, se redujo a escritura pública, bajo el repertorio Nº 5.764-2020, el acta de la Junta
Extraordinaria de Accionistas de wpd Malleco SpA (la “Sociedad”) celebrada con esa misma
fecha, con la concurrencia de su único accionista WPD Wind Investment, S.L.U., quien acordó
lo siguiente: (a) Modificar el objeto de la Sociedad, con la finalidad de dejar expresa constancia
que su objeto social se enmarca en el parque de generación de energía eólica denominado
“Proyecto Eólico Malleco” ubicado en la comuna de Collipulli, Provincia de Malleco, IX región
de La Araucanía. (b) Producto de la modificación indicada en la letra (a) anterior, se reemplazó
el Artículo Segundo de los estatutos de la Sociedad, por el que se transcribe a continuación:
“Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será realizar, por cuenta propia o de terceros, dentro
y fuera del país: a) el planeamiento, desarrollo, proyección, construcción, instalación,
explotación, financiamiento, operación y mantenimiento de proyectos de generación de energía
eólica, incluyendo, pero no limitado a, el parque de generación de energía eólica ubicado en la
comuna de Collipulli, Provincia de Malleco, IX Región de La Araucanía (en adelante, el
“Proyecto”); b) la generación, transmisión y comercialización de energía eléctrica respecto del
Proyecto. En razón de ello, la Sociedad podrá llevar adelante estudios, mediciones,
prospecciones, y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener
todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación y transmisión
de electricidad y realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales
efectos; c) comprar, vender, importar, exportar y comercializar bienes o insumos relacionados
con la generación y transmisión de energía eléctrica respecto del Proyecto, y efectuar y
desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles,
corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación
con el objeto principal; y d) en general, realizar todo otro negocio, transacción, operación,
servicio, relacionado con el objeto social antes detallado, al desarrollo de su negocio o a la
inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones
o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social”. (c) Crear tres
nuevas series de acciones, correspondiendo a las Serie A, Serie B y Serie C, todas acciones
nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. (d) Producto de la modificación
indicada en la letra (c) anterior, se reemplazó el Artículo Quinto y el Artículo Primero
Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los que se transcriben a continuación: “Artículo
Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de sesenta y cinco mil trescientos once millones
ciento veinticuatro mil trescientos treinta y nueve pesos, dividido en doce millones treinta mil
noventa y seis acciones nominativas y sin valor nominal, distribuidas en las siguientes series de
acciones denominadas: a) Serie A, compuesta de dos millones novecientas cuarenta y siete mil
trescientas setenta y cuatro acciones; b) Serie B, compuesta de dos millones novecientas cuarenta
y siete mil trescientas setenta y cuatro acciones y c) Serie C, compuesta de seis millones ciento
treinta y cinco mil trescientas cuarenta y ocho acciones. Las acciones pueden ser pagadas con
efectivo o con otros bienes. El capital de la Sociedad se paga en la forma prevista en el Artículo
Primero Transitorio de estos estatutos. Las características, restricciones y preferencias de las
acciones Serie A, Serie B y Serie C consisten en lo siguiente: (i) Dividendos. (a) Las acciones
Serie A y Serie B tendrán el derecho a que se les distribuya anualmente un dividendo preferente
por un monto fijo, único y total, correspondiente al año calendario inmediatamente anterior,
equivalente en pesos, a la suma de cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y cinco
Euros, pagadero a más tardar el quince de marzo de cada año. Excepcionalmente, para el
ejercicio correspondiente al año 2020, el monto fijo, único y total será, equivalente en pesos, a la
suma de trescientos cuarenta y nueve mil noventa y ocho coma uno cinco Euros. Dicho monto
fijo se acuerda para el total de las acciones, por lo que deberá dividirse entre el número de

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