Decisión nº C280-16, de Consejo de Transparencia de 29 de Marzo de 2016
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2016 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Gestión de Personas |
Tema | Gobernaciones, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C280-16
Entidad pública: Gobernación Provincial de Copiapó.
Requirente: Wilfredo Cerda Contreras.
Ingreso Consejo: 29.01.2016
En sesión ordinaria N° 694 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C280-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 14 de diciembre de 2015, don Wilfredo Cerda Contreras realizó una presentación a la Gobernación Provincial de Copiapó, a través de la cual solicitó lo siguiente:
a) "Información del procedimiento cuando se contrata a un extranjero, para que realice sus trámites en dependencias de la Gobernación Provincial. Se desea saber cuándo se realiza el contrato del extranjero. Si se debe hacer cuando haya obtenido su fecha de cita a la Gobernación o puede ser hecho antes, cuando incluye como parte del contrato que podrá trabajar una vez obtenida la visa para trabajo";
b) Le informen la normativa legal vigente que rige los plazos para realizar los contratos a extranjeros que realizan trámites en esa Gobernación;
c) Cuántos días antes de la cita hay que realizar el contrato de trabajo, toda vez que ellos se deben presentar una vez obtenida la cita con su contrato de trabajo; y,
d) Qué sucede si se firma el contrato antes de la fecha que estipula la normativa legal, si en este contrato se indica que el extranjero puede trabajar solo una vez que se obtuvo el permiso para hacerlo.
2) Que, con fecha 29 de...
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