Wender Recilien - Luis Alberto Cabrera Barros Elaboración de Productos de Lata E.I.R.L. - 17 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 867838940

Wender Recilien - Luis Alberto Cabrera Barros Elaboración de Productos de Lata E.I.R.L.

Fecha de publicación17 Mayo 2021
Número de registroCVE-1940565
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.955
CVE 1940565 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.955 | Lunes 17 de Mayo de 2021 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 1940565
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360
Santiago. En autos RIT O-341-2021 RUC 21-4-0315737-3, se ha ordenado notificar por avisos lo
siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: EN LO PRINCIPAL: Demanda de despido verbal
e incausado, injustificado, indebido e improcedente y cobro de prestaciones e indemnizaciones
laborales PRIMER OTROSÍ: Acompaño documentos; SEGUNDO OTROSÍ: forma especial de
notificación; TERCER OTROSÍ: Absolución de posesiones; CUARTO OTROSÍ: Solicita
Oficios; QUINTO OTROSÍ: Asume patrocinio y poder; WENDER RECILIEN, RUT:
25.392.114-5, de nacionalidad haitiana, cesante, domiciliado para estos efectos en Avenida
Valdivieso 0225, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, a S.S. respetuosamente digo:
vengo en interponer demanda de despido verbal e incausado, injustificado, indebido e
improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, que más
adelante detallo contra mis coempleadores la empresa LUIS ALBERTO CABRERA BARROS
ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE LATA E.I.R.L., RUT: 77.005.293-9, del giro de su
denominación, representada legalmente por don LUIS ALBERTO CABRERA BARROS, RUT:
9.121.776-7, ignoro profesión u oficio, o por quien haga sus veces, de conformidad con lo
establecido en el artículo 4 del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Calle San Gerardo
682, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, y contra don LUIS ALBERTO CABRERA
BARROS, RUT: 9.121.776-7, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Calle San Gerardo 682,
Comuna de Recoleta, Región Metropolitana y contra doña ANA ROSA CABRERA BARROS,
RUT: 8.969.646-1, ignoro profesión u oficio, domiciliada en Calle Lircay 518, Comuna de
Recoleta, Región Metropolitana, conforme a la relación circunstanciada de los hechos y
fundamentos de Derecho que paso a exponer. Comencé a prestar servicios con fecha 21 de
noviembre de 2016, para la empresa MOLDES CHILE E.I.RL., se encontraba en la empresa
como jefe don LUIS ALBERTO CABRERA BARROS. con fecha 1 de septiembre de 2019, don
LUIS CABRERA, me indica que debía firmar un nuevo contrato de trabajo, pero esta vez a
nombre de la empresa LUIS ALBERTO CABRERA BARROS ELABORACIÓN DE
PRODUCTOS DE LATA E.I.R.L., RUT: 77.005.293-9. En dicho contrato, se reconoció mi
antigüedad laboral desde el 21 de noviembre de 2016. No obstante, lo relatado, es de suma
importancia destacar, que durante la vigencia de la relación laboral, las ordenes, instrucciones y
los trabajadores de las empresas antes mencionadas, se encontraron bajo la subordinación y
dependencia conjunta de don LUIS CABRERA y doña ANA CABRERA, por lo que, a pesar de
que el 1 de septiembre de 2019 se modificó mi contrato de trabajo con respecto a mi empleador,
seguí recibiendo instrucciones directas y en conjunto por parte de don LUIS CABRERA y doña
ANA CABRERA, actuando ellos como mis coempleadores durante la vigencia de la relación
laboral. De conformidad con lo establecido en la cláusula primera del contrato de trabajo, las
funciones que debía realizar eran de "AYUDANTE SOLDADOR Y SOLDADOR", estas labores
serían realizadas en Calle Lircay 518 o en Calle San Gerardo 682, Comuna de Recoleta. Como se
podrá observar S.S., las direcciones antes indicadas, en las cuales debía prestar mis servicios
concuerdan con las direcciones establecidas en los contratos que se acompañan al presente libelo
de demanda, lo que confirma que, a pesar del contrato de fecha 1 de septiembre de 2019, en
actualidad continuaba recibiendo instrucciones, tales como la asignación de tareas, tanto de don
LUIS CABRERA como de doña ANA CABRERA, entendiéndose estos como mis
coempleadores. En lo que respecta a la jornada de trabajo, se estableció en la cláusula segunda, la
cual establece que, debía desempeñar una jornada de 45 horas semanales distribuida de lunes a
viernes desde las 8:00 horas hasta las 18:00 horas con 1 hora de colación. percibía una
remuneración mensual de $450.000. mi contrato era por tiempo indefinido. En reiteradas
ocasiones conversé con mis coempledores, ya que, a pesar de que se me descontaba
mensualmente el monto para realizar el pago de mis cotizaciones previsionales, las mismas no
estaban siendo pagadas en tiempo y forma, sin embargo, mis coempleadores me señalaban que se

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