Voto dirimente del presidente del TC definió el rechazo a recurso de Alianza por reforma escolar - 2 de Abril de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 563198154

Voto dirimente del presidente del TC definió el rechazo a recurso de Alianza por reforma escolar

En el texto -de 162 páginas- se da cuenta de que el recurso fue rechazado en cinco de sus seis normas cuestionadas, en una decisión empatada a cinco votos, que se resolvió por el voto dirimente del presidente Carlos Carmona. Esto es que su postura, en este caso a favor del rechazo, prevalece.

Esta es la segunda iniciativa educacional del gobierno de Michelle Bachelet aprobada por el organismo, y la segunda vez que el requerimiento se zanja con el voto dirimente de Carmona.

Así ocurrió a fines de noviembre cuando se visó igualmente el proyecto de ley que crea el administrador provisional de educación superior, además de colegios con aporte estatal que enfrenten alguna crisis.

En la actual resolución, los magistrados Carmona, Francisco Fernández, Gonzalo García, Domingo Hernández y Nelson Pozo consideraron que no se vulneran garantías constitucionales como la libertad de enseñanza al establecer un mecanismo aleatorio de selección (conocido como "la tómbola"), la obligación para que los colegios subvencionados se transformen en sociedades sin fines de lucro y la regulación explícita de cómo se deben usar los recursos.

Además, se rechazaron las impugnaciones a la restricción para abrir recintos y la prohibición de arriendos entre personas relacionadas (ver recuadro abajo).

El principal argumento es que "el Estado tiene perfecto derecho a evaluar a dónde van destinados los recursos públicos (...) puede establecer condiciones o requisitos destinados a garantizar el derecho a la educación, por la vía del control de la entrega de subvenciones".

Por su parte, los ministros Marisol Peña, Iván Aróstica, Juan José Romero, María Luisa Brahm y Cristián Letelier estuvieron por acoger la reclamación por considerar que sí se vulneraban garantías constitucionales, como la libertad de enseñanza.

Ley Zamudio

El único punto donde no hubo empate, sino una mayoría de siete votos contra tres, es el que acogió el reclamo respecto de un artículo de la reforma escolar, incorporado vía una indicación de diputados independientes y de la Nueva Mayoría, que señala que un colegio no puede invocar como justificación la libertad de enseñanza si es que algún alumno reclama que se le discriminó por situaciones contempladas en la denominada Ley Zamudio.

En este caso, los magistrados Peña, Aróstica, García, Hernández, Romero, Brahm y Letelier acogieron la objeción por considerarla inconstitucional. Los ministros Carmona, Fernández y Pozo estuvieron por rechazar este punto del requerimiento de los parlamentarios de la Alianza.

No obstante el pronunciamiento de ayer, aún falta el obligatorio control de constitucionalidad previo a la promulgación de la reforma.

En general, los fallos más relevantes del TC, según publicaciones de constitucionalistas, han sido resueltos por mayoría de votos (ver recuadro derecha).

Debate por fallo

Paulina Veloso, la abogada que representó a la...

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