Resolución núm. 3893 EXENTA, publicada el 05 de Julio de 2010. LLAMA A CONCURSO PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN SU CAPÍTULO SEGUNDO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469859154

Resolución núm. 3893 EXENTA, publicada el 05 de Julio de 2010. LLAMA A CONCURSO PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN SU CAPÍTULO SEGUNDO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A CONCURSO PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN SU CAPÍTULO SEGUNDO

Santiago, 30 de junio de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.893 exenta.- Vistos:

  1. El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vi-vienda.

  2. La resolución exenta Nº 8.820, de fecha 10 de diciembre de 2009 y sus modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2010 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 174 (V y U.) de 2005 dicto la siguiente

Resolución:

  1. Llámase a concurso para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su Capítulo Segundo, para la adquisición de viviendas construidas en las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, L.B. O'Higgins, Maule, Bío-Bío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén, Magallanes y Metropolitana.

  2. Las personas postulantes deberán completar satisfactoriamente el formulario de ingreso en el sistema computacional en el SERVIU, adjuntando en los casos que corresponda los antecedentes respectivos. El periodo de postulación se realizará en días hábiles, a contar de la fecha de publicación de la presente resolución hasta el día 6 de agosto inclusive, directamente en las oficinas que el SERVIU respectivo dispondrá para tal efecto, en horario de 9.00 a 14.00 horas.

  3. La selección de beneficiarios se realizará conforme al orden de prelación que determine el puntaje obtenido por cada postulante de acuerdo a lo establecido en el artículo 61 en relación con lo dispuesto en el artículo 76 del DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, hasta enterar el total de los recursos disponibles para este llamado para cada región participante, según se establece en el punto 4 de la presente resolución.

  4. Los recursos involucrados para la selección de las personas que postulen al llamado dispuesto por esta resolución serán los siguientes:

    Región Recursos (UF)

    Arica...

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