Viñateros de Casablanca logran fallo a su favor en batalla por marca Valparaíso Casablanca Valley - 20 de Noviembre de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 653551293

Viñateros de Casablanca logran fallo a su favor en batalla por marca Valparaíso Casablanca Valley

Una sentencia favorable obtuvieron hace unos días los viñateros de Casablanca y las municipalidades de esa misma localidad y de Valparaíso en torno al uso de la marca VCV Valparaíso Casablanca Valley.

Es que el 8 de noviembre el Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) -la instancia superior al Inapi- emitió un fallo por el que revocó el registro que sobre dicha marca detentaba otra compañía, Kronopac Limited.

"Con este fallo se le está impidiendo a Kronopac tener el monopolio de VCV Valparaíso Casablanca Valley", dice el abogado Ricardo Montero, socio del estudio Silva y Cía., y quien junto a Juan Pablo Silva -del mismo bufete- defendió a los viñateros y a las municipalidades.

Esta disputa marcaria surgió en abril de 2014 cuando ambos municipios y la Asociación de Empresarios Vitivinícolas del Valle de Casablanca se opusieron a que dicha firma de origen británico pudiera detentar el registro para varias clases de productos, entre los que estaban incluidas actividades propias del área turística, hotelería, organización de ferias, viajes, vacaciones, restaurantes, gastronomía y acompañamiento de viajeros, entre muchos otros. Es decir, actividades que coinciden con la impronta turística y enológica que ha desarrollado esta zona de la Quinta Región en los últimos años.

En primera instancia, el Inapi había concedido el registro a Kronopac, planteando que se podían advertir diferencias gráficas y fonéticas que permitirían distinguir denominaciones entre este registro (VCV Valparaíso Casablanca Valley) y otros que aludieran a Valparaíso y Casablanca Valley, permitiendo una "coexistencia pacífica en el mercado".

Pero este segundo fallo del TDPI lo revocó, y acogió la oposición de los viñateros, basando el dictamen en la causal de "irregistrabilidad" que consagra un artículo de la ley de propiedad industrial (el número 20 en su letra f), en el que se detalla que no pueden registrarse marcas que inducen a error o engaño respecto de su procedencia.

"El signo pedido (por Kronopac) coincide en la parte principal y más destacada de su parte denominativa con Valparaíso Casablanca Valley, por lo que de otorgarse el signo pedido, se induciría a error o engaño a los usuarios respecto del origen empresarial", dice uno de los considerandos de este último fallo que da la razón a los viñateros.

Pero ¿quién es Kronopac? Según se puede desprender de los expedientes judiciales tanto del Inapi como del TDPI, el representante de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR