Vidal - Transportes Precam SpA - 1 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905435845

Vidal - Transportes Precam SpA

Fecha de publicación01 Junio 2022
Número de registroCVE-2131401
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.267
CVE 2131401 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.267 | Miércoles 1 de Junio de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2131401
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en
causa RIT: C-2047-2022, RUC: 21-4-0350737-4, caratulada “VIDAL/TRANSPORTES
PRECAM SPA” y con fecha 12 de mayo de 2022, se ha ordenado notificar a la demandada de
autos TRANSPORTES PRECAM SPA, R.U.T. 76.740.381-K, representada por doña ROMINA
ARLETTE GOMEZ GONZALEZ, RUT: 13.903.069-9, la presente resolución, conjuntamente
con la liquidación del crédito de fecha 11 de mayo del año en curso. Requerimiento de Pago:
“Santiago, doce de mayo de dos mil veintidós. Requiérase a don ROMINA ARLETTE GOMEZ
GONZALEZ, en representación de TRANSPORTES PRECAM SPA, para que dentro del plazo
de cinco días establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a don ULISES
CARLOS VIDAL SILVA, o a quien sus derechos represente, la suma de $5.607.674 (cinco
millones seiscientos siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos), más reajustes, intereses y costas
de la ejecución; además la suma de $500.000.- correspondiente a las costas personales a que fue
condenado el demandado en la instancia en que se dictó la sentencia que sirve de base a la
ejecución. La liquidación del crédito deberá notificarse por Carta certificada a la demandante, la
que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que
dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación, se notificará
el requerimiento al demandado, quien tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones
de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de los
principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo,
en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1)
Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la retención a que
se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de $5.607.674 (cinco
millones seiscientos siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos). 2) A través de la vía que se
encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa la información que se registre en la Comisión para el Mercado
Financiero, relativa a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias la
demandada TRANSPORTES PRECAM SPA, R.U.T. 76.740.381-K.- 3) Asimismo, a través de
la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá
obtener e incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a la demandada
TRANSPORTES PRECAM SPA, R.U.T. 76.740.381-K. Para los efectos de realizar
consignación mediante depósito -en la cuenta corriente N°1956671 que el Juzgado de Cobranza
Laboral y Previsional mantiene en BancoEstado-, la parte puede obtener el cupón de pago
ingresando al sitio del Poder Judicial www.poderjudicial.cl, sección CONSULTA UNIFICADA
DE CAUSAS, opción CUPON BANCOESTADO, desde el cual, además, podrá efectuar el
PAGO EN LINEA. En el evento de efectuarse consignación a través de transferencia electrónica,
se debe tener presente que el R.U.T. del tribunal es el número 61.978.490-1, debiendo remitirse
al tribunal, a través de la OJV (Oficina Judicial Virtual) o del correo
notifica_jcob_santiago@pjud.cl, el respectivo comprobante de transferencia mención el R.I.T.
de la causa, ello para los efectos de regularizar el registro de consignación la misma. Sin
perjuicio de lo resuelto, conforme al mérito del proceso declarativo y verificándose los
presupuestos previstos en el artículo 439 del Código del Trabajo, se ordena notificar a la
ejecutada TRANSPORTES PRECAM SPA, RUT N°76.740.381-K, representada por doña
ROMINA ARLETTE GÓMEZ GONZÁLEZ, RUT 13.903.069-9, la presente resolución y la
liquidación del crédito conjuntamente, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y
de acuerdo a un extracto que redacte el ministro de fe del Tribunal.- RIT: C-2047-2022, RUC:
21-4-0350737-4.- Proveyó don Ramón Danilo Barría Cárcamo, Juez Titular del Juzgado de
Cobranza Laboral y Previsional de Santiago”. Liquidación: Practicada por el Tribunal con fecha
11 de mayo del año en curso y que arroja la suma de $5.607.674.- Santiago, diecisiete de mayo

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