Decisión nº C3463-16, de Consejo de Transparencia de 19 de Enero de 2017
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2017 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Gestión de Personas |
Tema | Trabajo |
DECISIÓN AMPARO ROL C3463-16
Entidad pública: Inspección Provincial del Trabajo de Melipilla
Requirente: Víctor Polanco Córdova
Ingreso Consejo: 11.10.2016
En sesión ordinaria N° 770 del Consejo Directivo, celebrada el 19 de diciembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3463-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de septiembre de 2016, don Víctor Polanco Córdova solicitó a la Inspección Provincial del Trabajo de Melipilla -en adelante e indistintamente Inspección o IPT-, copia de investigación por denuncia formulada en su contra.
2) RESPUESTA: El 16 de septiembre de 2016, la IPT indicó al reclamante que no le era posible acceder a la entrega de los antecedentes de la referida comisión, en aplicación de lo previsto en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Lo anterior, por cuanto el procedimiento consultado versaba sobre la vulneración de derechos fundamentales del trabajador denunciante.
3) AMPARO: El 11 de octubre de 2016, don Víctor Polanco Córdova dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la denegación de la información pedida.
4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Inspector Provincial del Trabajo de Melipilla, mediante Oficio N° 10.394, de 19 de octubre de 2016, quien...
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