Vergara - Juan Hernández y Compañía Limitada y otro - 3 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879612429

Vergara - Juan Hernández y Compañía Limitada y otro

Fecha de publicación03 Enero 2022
Número de registroCVE-2063535
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.142
CVE 2063535 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.142 | Lunes 3 de Enero de 2022 | Página 1 de 8
Publicaciones Judiciales
CVE 2063535
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando
causa RIT O-904-2021 caratulada “VERGARA/JUAN HERNÁNDEZ Y COMPAÑÍA
LIMITADA Y OTRO” que en forma extractada indica: CARLOS DAGOBERTO VERGARA
YAÑEZ, oficial panificador, Casado, Cédula de identidad y Rol Único Tributario
N°6.707.024-0, con domicilio en pasaje Aillaregue N°121, comuna de Lota, a US.,
respetuosamente digo: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 423, 425, 446 y demás
pertinentes del Código del Trabajo, vengo en interponer demanda en Procedimiento de
Aplicación General de indemnización de perjuicios por Enfermedad profesional, en contra de mi
ex empleadora sociedad JUAN HERNÁNDEZ LIMITADA, del giro de su denominación, RUT
N°78.593.280-3, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 4, inciso ,
del Código del Trabajo, por don JUAN IGNACIO HERNÁNDEZ PÉREZ, Rut N°7.636.450-8,
ignoro profesión u oficio, o quien represente actualmente sus derechos, todos con domicilio en
calle Caupolicán N° 230, comuna de Lota; y por su responsabilidad in solidum, solidaria,
subsidiaria, conjunta, directa u otra especial según el buen parecer de Usía y resulte acreditado,
en contra de mi ex empleador don JUAN HERNÁNDEZ TASCON, ignoro profesión u oficio
RUT 2.968.892-3, o de quien 2 represente actualmente sus derechos, con domicilio en AV.
ANDALUE 2736, SAN PEDRO DE LA PAZ; demanda que fundo en las consideraciones de
hecho y de derecho que paso a exponer: ANTECEDENTES PREVIOS Desde el año 1972, que
trabajé de forma prácticamente continua, en la ciudad de Lota, para los demandados, inicié mi
relación laboral trabajando para don Juan Hernández Tascon y posteriormente, en el año 1995
cambió la razón social del empleador por la de Juan Hernández LTDA., según consta en las
cotizaciones previsionales pagadas. En definitiva, trabajé para ellos por alrededor de 49 años de
forma ininterrumpida. Desde un comienzo y por todo el periodo en que trabajé para las
demandadas siempre desempeñé funciones oficial panificador. Estas funciones requerían que
trasladara bandejas de hornos industriales de mucho peso, y en forma cotidiana y habitual debí
utilizar mis extremidades superiores, manos, muñecas, antebrazos, brazos, codos y hombros, para
manejar y manipular pesadas bandejas y otros utensilios necesarios para la elaboración de pan.
Por otro lado, para poder realizar dichos trabajos se deben sostener y levantar con los brazos y
manos grandes y pesadas bandejas. Estas funciones descritas que por largos años debí realizar al
interior de la empresa demandada, entrañan el riesgo de padecer graves enfermedades
profesionales, de aquellas conocidas como enfermedades de los órganos del movimiento y que
afectan específicamente las extremidades superiores, enfermedades que se producen por la
acción de una serie de factores de riesgo que están presentes en las labores que realicé. Sin
embargo, y a pesar de producirse la interacción de estos factores de riesgo en las labores que debí
desarrollar, los demandados nunca tomaron medida alguna que fuera eficaz y tendiente a evitar el
efecto pernicioso y negativo de éstos factores de riesgo y que están ligados estrechamente a la
aparición de enfermedades profesionales tales como las tendinitis y otras similares. 3 En efecto,
los demandados no me informaron oportunamente de los riesgos inherentes a mis funciones,
relativos a los factores de riesgo que provocan enfermedades a los órganos del movimiento,
especialmente sobre los que afectan las extremidades superiores, como la que me afectó u otras;
tampoco llevaron a cabo oportunamente medida alguna dirigida a identificar estos factores de
riesgo presentes en las funciones que por años realicé, y las funciones o actividades laborales en
que estaban presentes en mayor o menor medida; menos aún tomaron medidas de prevención
alguna tendiente a evitar la acción perniciosa de dichos factores de riesgo sobre mi salud, como
por ejemplo métodos seguros de trabajo; menos aún tomaron medidas de control y/o mitigación
que impidieran la acción nociva de dichos factores de riesgo, de forma de evitar su acción dañina
sobre mi persona. Es importante señalar que, debido al problema de salud que se me produjo,
lamentablemente no pude seguir realizando labores de panadero, ni en la empresa demandada,
como en cualquier otra que requiera esfuerzo físico de mis extremidades, lo que me condujo a

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