Causa nº 9075/2014 (Otros). Resolución nº 132863 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 26 de Junio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 516975490

Causa nº 9075/2014 (Otros). Resolución nº 132863 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 26 de Junio de 2014

Fecha de Resolución26 de Junio de 2014
MovimientoINADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FON
Rol de Ingreso9075/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación45-2013 C.A. de Puerto Montt
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-5860-2008 2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veintiséis de junio de dos mil catorce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en estos autos Rol N° 5860-2008, sobre procedimiento ordinario, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por el demandante don L.O.V.V. en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que –en lo concerniente a la nulidad intentada- rechazó el recurso de casación en la forma deducido por la parte demandante y confirmó el fallo de primera instancia que negó lugar a la demanda.

Segundo

Que para un mejor entendimiento de lo que se resolverá es necesario consignar antecedentes de esta causa que son relevantes.

  1. La acción deducida a fs. 1 en lo principal demanda en juicio ordinario la declaración de mera certeza en contra de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, con el objeto que se declare que el inmueble que posee es de su dominio exclusivo y en subsidio se declare que constituye un resto no expropiado de la propiedad que alguna vez fue de N.V.B. y que ordene la cancelación de anotaciones marginales de las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt que singulariza.

    En el escrito de demanda, subsidiariamente alega como causa de pedir que habría adquirido el terreno que dice poseer por prescripción ordinaria.

  2. En primera instancia se rechaza la acción intentada y en lo que interesa a estos recursos, se rechaza la alegación subsidiaria de prescripción adquisitiva ordinaria.

  3. La sentencia recurrida confirma la sentencia apelada y rechaza el recurso de casación en la forma fundado en la causal del N°5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil en relación con el N°4 del artículo 170 del mismo Código.

    1. En cuanto al recurso de casación en la forma.

Tercero

Que el recurso de nulidad formal invoca la causal prevista en el artículo 7685 del Código de Procedimiento Civil, por faltar a la sentencia impugnada los requisitos establecidos en los numerales 4 y 6 del artículo 170 del mismo cuerpo legal, esto es, las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento y la decisión del asunto controvertido.

Explica el recurrente que la sentencia no se pronuncia sobre la acción de prescripción adquisitiva intentada y de todas las peticiones que no son la principal de mera certeza.

Agrega, a fs. 494, que el fallo carece de considerandos porque introduce en él consideraciones reñidas con la autoridad de una interlocutoria de carácter irrevocable, las que son antijurídicas y vician de nulidad formal el fallo.

Argumenta también que las consideraciones del fallo recurrido son contradictorias con las de la sentencia de primera instancia; en lo concreto, funda la contradicción en lo razonado en el considerando noveno del fallo recurrido y el trigésimo tercero del fallo de primera instancia.

Finaliza señalando que el requisito del N°4 del artículo 170 del Código de Procedimiento no se cumple porque no se ponderó la prueba rendida, no se hace cargo de las peticiones reales, tiene considerandos contradictorios y reñidos con la irrevocabilidad de la sentencia...

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