Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art. 2, N°2, Art. 8 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 20, N°3, N°4. - Doctrina Administrativa - VLEX 744163873

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art. 2, N°2, Art. 8 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 20, N°3, N°4.

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2018

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ART. 2, N°2, ART. 8LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA, ART. 20, N°3, N°4. (ORD. N° 2279, DE 31.10.2018)

Consulta sobre Impuesto al Valor Agregado que afecta a servicios de Teleasistencia para adultos mayores.

Se ha recibido en esta Dirección Nacional, su Oficio del antecedente, mediante el cual traslada una consulta de la sociedad TTTT SPA, quien consulta sobre el Impuesto al Valor Agregado que afecta a servicios de Teleasistencia para adultos mayores.

  1. ANTECEDENTES:

    TTTT SPA, ha participado en diversas licitaciones municipales para la prestación del servicio de teleasistencia, tanto en la I. Municipalidad de AAAA, como en la realizada por la I. Municipalidad BBBB.

    En ambas licitaciones, los oferentes adjudicados presentaron ofertas considerando el servicio en comento como no afecto con Impuesto al Valor Agregado

    En atención a ello, el contribuyente efectuó una presentación en esa Dirección Regional solicitando confirmar, rectificar o aclarar que el servicio de teleasistencia para el adulto mayor, conforme a las bases de licitación otorgadas tanto por la I. Municipalidad de AAAA como por la I. Municipalidad BBBB y que se acompañan a la presentación, corresponden a un servicio afecto a IVA, respecto del cual debe emitirse una factura afecta al tributo en comento.

  2. ANÁLISIS:

    El Art. 8°, del D.L. N° 825, grava con Impuesto al Valor Agregado, las ventas y los servicios.

    A su vez, el Art. 2°, N° 2, del citado decreto ley, define servicio como “la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N° s 3 y 4, del artículo 20°, de la Ley sobre Impuesto a la Renta”.

    Conforme a lo dispuesto en el N° 3, de las Bases Administrativas de la I. Municipalidad de AAAA, el servicio denominado Teleasistencia Integral Domiciliaria para Adultos Mayores, es un servicio orientado a personas que residen en la comuna de AAAA y que tienen algún grado de discapacidad, vulnerabilidad y/o soledad, cuyo objetivo es acompañarlos, asistirlos y apoyarlos en sus actividades diarias, a fin de aumentar la seguridad y calidad de vida de éstos.

    Según lo dispuesto en las Bases Técnicas, el servicio consiste en entregar asistencia telefónica, con tecnología comunicacional de primera calidad administrada por un equipo de técnicos y profesionales, los que en base a reglas y...

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