Ventas y Servicios – Nuevo Texto –Art. 52, Art. 55 Art. 2, N°1 y N°3 – Decreto Supremo N° 341, de 1977, Art. 10 bis – Resoluciones Exentas N° 601 y N° 911, de 1982. - Doctrina Administrativa - VLEX 742082905

Ventas y Servicios – Nuevo Texto –Art. 52, Art. 55 Art. 2, N°1 y N°3 – Decreto Supremo N° 341, de 1977, Art. 10 bis – Resoluciones Exentas N° 601 y N° 911, de 1982.

Número de sentencia2119
Fecha12 Octubre 2018
Normativa aplicadaIVA

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO –ART. 52, ART. 55 ART. 2, N°1 Y N°3 – DECRETO SUPREMO N° 341, DE 1977, ART. 10 BIS – RESOLUCIONES EXENTAS N° 601 Y N° 911, DE 1982. (ORD. N° 2119, DE 12.10.2018)

Solicita un pronunciamiento a consulta de contribuyente, sobre documentación tributaria que se debe emitir por envío de mercaderías a Sucursal ubicada en Zona Franca Primaria de Iquique.

Se ha solicitado a esta Dirección Nacional pronunciarse respecto de consulta realizada por el contribuyente AAA S.A., referida a la documentación tributaria que debe emitir por el envío de mercaderías que no implican venta, a Sucursal ubicada en la Zona Franca Primaria de Iquique.

  1. ANTECEDENTES:

    Señala esa Dirección Regional que ha recibido presentación del contribuyente indicado, solicitando se confirme que, en el caso que describe, corresponde la emisión de una Guía de Despacho Electrónica y no una “Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria”, en tanto la forma de operar de la empresa no constituye una venta sino un mero traslado de mercaderías hacia una sucursal ubicada en Zona Franca, según los antecedentes que detalla, y que se exponen a continuación:

    El consultante señala que AAA S.A., es una empresa dedicada a la producción, distribución y venta de gas a nivel nacional, tanto a clientes residenciales como industriales. Dentro de las actividades empresariales, opera en Zona Franca de Iquique, en virtud del Decreto N° 419 de 11.04.2011, del Ministerio de Hacienda, que le autorizó para operar como usuario de dicha Zona Franca, adicionalmente, la empresa es usuaria de la Zona Industrial desde el año 2012.

    En el desarrollo de su actividad, AAA S.A. transporta mercaderías nacionales o nacionalizadas desde el resto del país hacia la Zona Franca de Iquique, donde es procesada para su posterior venta como gas a los usuarios industriales y residenciales.

    En relación a lo anterior, destaca que la empresa remite las referidas mercaderías a una sucursal en la Zona Franca de Iquique, de manera que es el propio contribuyente, el que efectúa la operación, no existiendo una venta de mercadería, en tanto no existan dos partes, sino un solo contribuyente.

    Agrega que, para documentar dicha forma de operar, se ha utilizado como documento una Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria, sin embargo, en opinión del consultante, correspondería la emisión de una Guía de Despacho Electrónica, por tratarse del traslado de mercadería desde la matriz a una sucursal y no de una venta.

    En este sentido, expone que el Decreto N° 341 del Ministerio de Hacienda, del año 1977, sobre Zonas Francas, establece el tratamiento legal, tributario, administrativo y aduanero de las Zonas Francas del país, y establece en su artículo 7° que se permite el ingreso de toda clase de mercaderías a las Zonas Francas, señalando en su artículo 10° Bis que dichas mercaderías pueden ser objeto de los actos, contratos y operaciones que dicho decreto establece o bien...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR