Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las Art. 8° - Ley N°18.046, Art. 99°. - Doctrina Administrativa - VLEX 524798686

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las Art. 8° - Ley N°18.046, Art. 99°.

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART.8° - LEY N° 18.046, ART. 99°.(ORD. N° 1.874, DE 23.05.2006)

Fusión por Incorporación – Adjudicación y Venta en el proceso de Liquidación de Empresa Inmobiliaria de Oficinas Adquiridas Producto de la Absorción de Empresa Constructora.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional su presentación del antecedente, mediante la cual solicita un pronunciamiento respecto a negocios jurídicos celebrados por su cliente, una sociedad anónima con giro inmobiliario formada por cuatro sociedades de inversión, que representan cuatro grupos de interés. La empresa inmobiliaria da en arrendamiento inmuebles no amoblados, que ordenó construir por suma alzada sobre un terreno de su propiedad.

    En 2001, la empresa inmobiliaria y sus cuatro accionistas constituyeron una sociedad anónima que se dedicaría a la actividad de la construcción. En el mismo año 2001, la empresa constructora encargó a una tercera empresa constructora la construcción por administración de un edificio de oficinas, sobre un terreno de su propiedad, a fin de ofrecerlas a la venta. Las oficinas que pudieron ser vendidas lo fueron recargándose el IVA correspondiente.

    En diciembre del año 2004, la empresa inmobiliaria absorbió a la empresa constructora, en un proceso de fusión por incorporación. Al momento de ser absorbida la empresa constructora había vendido gran parte de sus oficinas, manteniendo sólo un saldo de menor importancia sin vender, las que se han venido dando en arriendo.

    En la fecha de la absorción, la empresa constructora no tenía crédito fiscal alguno.

    Catorce meses después de la absorción, los accionistas enfrentan diferencias irreconciliables, motivo que ha llevado a decidir la disolución de la sociedad.

    En el proceso de liquidación de la empresa inmobiliaria se evalúa proceder a la adjudicación a los socios de los inmuebles que forman el activo de la empresa, entre los que se cuentan, entre otros, las oficinas adquiridas producto de la absorción de la empresa constructora. Alternativamente se evalúa proceder a su venta y a la repartición de su producto.

    En relación a lo planteado se formulan las siguientes consultas:

    1. ¿ La adjudicación en el proceso de liquidación de una empresa inmobiliaria de oficinas adquiridas producto de la absorción de una empresa constructora, en los términos antes descritos, constituye o no un hecho gravado con IVA?

    2. ¿ Si en el proceso de liquidación de la empresa inmobiliaria...

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