Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 2°, N°2, Art. 8° – Código de Comercio, Art. 3°, N°7. - Doctrina Administrativa - VLEX 524780954

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 2°, N°2, Art. 8° – Código de Comercio, Art. 3°, N°7.

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2007

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 2°, N°2, ART. 8°CÓDIGO DE COMERCIO, ART. 3°, N°7.

(ORD. N° 464, DE 20.02.2007)

Aplicación del Impuesto al Valor Agregado a los servicios de administración global que prestará una sociedad anónima.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional su presentación indicada en el antecedente, mediante la cual solicita un pronunciamiento relativo a la aplicación de IVA a una sociedad anónima cuyo giro consiste en la prestación de servicios de administración global.

    Señala que su cliente es un grupo de empresas agrupadas bajo un holding, cuyo giro principal es la construcción y el negocio inmobiliario. Dentro de este grupo de empresas existe una sociedad anónima destinada a la administración global, que incluye servicios profesionales de gerencia de recursos humanos, de finanzas, contabilidad, de ventas, marketing, operaciones inmobiliarias, asesoría financiera, control de gestión y administración, relaciones públicas, planificación, intermediación en la realización de negocios, tecnologías de la información y asesoría legal. En resumen, esta sociedad provee a sus clientes la totalidad de los servicios que requiere para poder implementar un determinado negocio relacionado a la construcción o desarrollo inmobiliario.

    Esta sociedad anónima presta sus servicios tanto a las sociedades del grupo como a terceros completamente ajenos a la compañía, los cuales en algunas circunstancias realizan negocios conjuntamente con el grupo empresarial o simplemente son terceros que solicitan asesoría y apoyo para determinados negocios.

    Conforme a lo anterior, solicita confirmar que debido a que la sociedad anónima en cuestión presta servicios de diversa índole, tanto a las empresas que integran su grupo económico, como a terceras personas o sociedades ajenas a él, se está en presencia de la figura de una agencia de negocios, de aquellas establecidas en el artículo 7 del Código de Comercio, debiendo sus servicios encontrarse afectos a IVA.

  2. - El artículo 8°, del Decreto Ley N° 825, de 1974, grava con el Impuesto al Valor Agregado a las ventas y a los servicios.

    El artículo 2° N° 2, del mismo texto legal, define el hecho gravado “servicio”, como “la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N° 3 y 4, del...

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