Venegas - Bes Plus SpA - 15 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856646984

Venegas - Bes Plus SpA

Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de registroCVE-1875846
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.855
CVE 1875846 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.855 | Viernes 15 de Enero de 2021 | Página 1 de 4
Publicaciones Judiciales
CVE 1875846
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT O-815-2020, RUC
20-4- 0275916-0, caratulada “VENEGAS CON BES PLUS SPA.”, se ha ordenado notificar a la
demandada principal BES PLUS SPA., RUT: 76.732.332-8, representada legalmente por
SUSANA BUSTOS, mediante aviso que se publicará en el Diario Oficial u otro medio de
circulación nacional, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo, respecto de la
siguiente demanda extractada: en lo principal: demanda despido injustificado y cobro de
prestaciones Primer Otrosí: acredita personería. Segundo Otrosí: propone forme de notificación.
S. J. L. Tribunal del Trabajo Antofagasta. FERNANDO YUNG MORAGA, abogado, cédula
nacional de identidad número 10.348.133-3, domiciliado en esta ciudad, calle teniente Manuel
Orella 610 oficina 1303 Antofagasta, actuando en nombre y representación de doña EUGENIA
VENEGAS HERRERA, cesante, cédula nacional de identidad número 12.839.704-3 de mi
mismo domicilio para estos efectos, a S.S respetuosamente digo: Por esta presentación, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 489 y 41, 44, y siguientes, artículos 63, 73, 172, 161,
162, 168, 426, 496, 500 y demás disposiciones legales que se citarán, vengo en interponer
demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de BES PLUS SPA persona
jurídica del giro de su denominación rol único tributario número 76.732.332-8, representada
legalmente por doña Susano Bustos desconozco mayores antecedentes, o quien haga sus veces
conforme lo dispone el artículo 4 del código del trabajo, ambos domiciliados en calle Matta
número 1839 oficina 1704, edificio obelisco antofagasta en base a los Antecedentes que paso a
exponer: Yung y Asociados Consultores S.P.A Teniente Manuel Orella 610 oficina 1303
Antofagasta I.- Antecedentes generales de la relación laboral 1.1.- En relación a la relación
laboral existente entre las partes, Mi representada ingresó a prestar servicios para la demandada
con fecha 16 de agosto de 2018 a fin de desempeñarse bajo el cargo de “Ejecutiva comercial”.
1.2.- En relación al desempeño, es dable señalar que durante el tiempo en que se prestaron los
servicios para la demandada mi representado demostró un desempeño óptimo sin que durante su
trayectoria en la empresa fuera caracterizado por inasistencias o faltas de servicio. 1.3.- Respecto
a la naturaleza del contrato, la naturaleza del contrato de trabajo era de tipo indefinido. 1.4.- En
relación a la remuneración, para los efectos del artículo 172 del código del trabajo ascendía a la
suma de $1.600.364.- II.- Respecto al término de la relación laboral, 2.1.- Es del caso S.S., que
con fecha 28 de febrero de 2020 mi representada es notificada de la decisión del empleador de
poner término a la relación laboral, despido que se haría efectivo en forma inmediata por la
causal del artículo 161 del código del trabajo esto es “Necesidades de la empresa” comunicación
que fue en el siguiente tenor: señora Eugenia Venegas nos permitimos comunicar a usted que,
con esta fecha 28 de febrero de 2020 se ha resuelto poner término al contrato de trabajo que la
vincula con la empresa por la causal del artículo 161 del código del trabajo funda la causal
invocada que: necesidades de la empresa, informo que sus cotizaciones previsionales se
encuentran al día además adjuntamos certificado de cotizaciones o copia de las planillas de
declaración y pago simultáneo de las entidades de previsión a las que se encuentra afiliado que
dan cuenta que las cotizaciones previsionales del período trabajado se encuentran pagadas.
Finalmente se informa que el finiquito se encontrará a su disposición en 10 días hábiles para ser
firmado ante notario según la ley estipula. Saluda a Uds. III.- De la instancia administrativa:
Yung y Asociados Consultores S.P.A, Teniente Manuel Orella 610 oficina 1303 Antofagasta. El
término de la relación laboral se produjo el día 28 de febrero de 2020, sin embargo, con fecha 28
de abril de 2020 mi representada dedujo un reclamo ante la Inspección del Trabajo realizándose
un comparendo de actuación remota de conciliación ante la Inspección del Trabajo de esta
ciudad, el que se celebró el día 22 de mayo del presente. Del resultado de la conciliación nada se
produjo pues la demandada no aportó los antecedentes solicitados por la Inspección del Trabajo
cursando la multa respectiva. IV.- De lo injustificado del despido: como ya se adelantó, mi
representada fue desvinculada de la empresa a través de una comunicación en la cual se le indica

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