Vargas Flores Joselyn del Carmen - Wendy Josué - 1 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908201801

Vargas Flores Joselyn del Carmen - Wendy Josué

Fecha de publicación01 Agosto 2022
Número de registroCVE-2163622
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.316
CVE 2163622 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.316 | Lunes 1 de Agosto de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2163622
NOTIFICACIÓN
Ante Primer Juzgado Familia San Miguel, en causa RIT V-230-2021, presentóse Joselyn del
Carmen Vargas Flores, cédula nacional de identidad Nº18.186.234-3, empleada, con domicilio
en Villarrica N°7912, comuna de La Granja, solicita la notificación judicial del acta unilateral de
cese de la convivencia extendida ante el Oficial del Registro Civil e Identificación de Chile, a su
cónyuge don Wendy Josué, cédula nacional de identidad Nº 26.320.205-8, profesión u oficio
desconozco, domiciliado en Puerto Varas 7716, comuna de La Granja. Señala que con fecha 15
de mayo de 2019 contrajo matrimonio con el solicitado, el cual fue debidamente inscrito en la
circunscripción de La Granja, bajo el Nº 181 del año 2019. Que el día 1 de julio de 2021,
concurrió ante el Oficial de Registro Civil e Identificación de Chile de La Granja, a objeto de
expresar su voluntad de poner fin a la vida en común con su cónyuge, extendiéndose el Acta
Unilateral de Cese de la Convivencia, que solicita notificar. Por las normas legales citadas y lo
expuesto solicita ordenar la notificación judicial del Acta Unilateral del Cese de la Convivencia.
Por resolución de fecha 5 de agosto de 2021, se tiene por interpuesta la solicitud y se resuelve lo
que indica: Atendido lo informado por el Registro Civil e Identificación y lo dispuesto en el
artículo 25 de la Ley de Matrimonio Civil, ha lugar a la solicitud de notificación de cese de
convivencia requerida por Joselyn del Carmen Vargas Flores, cédula nacional de identidad Nº
18.186.234-3, empleada, con domicilio en Villarrica N°7912, comuna de La Granja, respecto a
don Wendy Josué, cédula nacional de identidad Nº 26.320.205-8, profesión u oficio desconozco,
domiciliado en Puerto Varas 7716, comuna de La Granja. Notifíquese personalmente al cónyuge
por funcionario del centro de notificaciones. En caso de no resultar posible efectuar la
notificación en forma personal, procédase conforme a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 23
de la Ley 19.968. Después de la notificación fallida se solicitan oficios cuyas respuestas fueron
negativas, por ello pide notificación por avisos, a lo que se accede, ordenando notificar la
solicitud y su providencia mediante la publicación de tres avisos en un diario de circulación
nacional y, además, insértese el aviso en un número del Diario Oficial correspondiente a los días
primero o quince del mes. Se apercibe al demandado a señalar nuevo domicilio dentro del radio
jurisdiccional de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las próximas resoluciones por
Estado Diario.- Extractado por Ministro de Fe (S) doña Mónica Rodríguez Rivas.- San Miguel,
21 de julio de 2022.

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