Decreto núm. 1007, publicado el 30 de Septiembre de 1996. DISPONE VACUNACION ADICIONAL OBLIGATORIA CONTRA TOS FERINA A POBLACION INFANTIL QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470950078

Decreto núm. 1007, publicado el 30 de Septiembre de 1996. DISPONE VACUNACION ADICIONAL OBLIGATORIA CONTRA TOS FERINA A POBLACION INFANTIL QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DISPONE VACUNACION ADICIONAL OBLIGATORIA CONTRA TOS FERINA A POBLACION INFANTIL QUE INDICA

Núm. 1.007.- Santiago, 21 de agosto de 1996.- Visto: lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Código Sanitario, aprobado por decreto con fuerza de ley N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos , y del decreto ley N° 2.763 de 1979; en la ley N° 18.469 y teniendo presente la facultad que me concede el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

- La necesidad de mantener altas y eficientes coberturas de vacunación para inmunizar a los niños del país contra las enfermedades inmunoprevenibles, - El brote de tos ferina que ha afectado las zonas del país que se indican,

D e c r e t o:

  1. - Dispónese, desde esta fecha y hasta el 31 de diciembre de 1996, la vacunación adicional obligatoria de una dosis de D.P.T. al cumplir un mes de edad, para todos los niños que se encuentren en los territorios jurisdiccionales de los Servicios de Salud Valparaíso-San Antonio, Viña del Mar-Quillota y Bío-Bío. La dosis mencionada será aplicada en forma adicional a las que establece el calendario de vacunación establecido por decreto N° 667 del presente año, del Ministerio de Salud y sin perjuicio de ellas.

Anótese, tómese...

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