Vacaciones: Cuándo y cómo hacer efectivo el descanso laboral - 3 de Febrero de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 702112913

Vacaciones: Cuándo y cómo hacer efectivo el descanso laboral

¿Cuándo un trabajador puede hacer uso de su feriado anual?

El artículo 67 del Código del Trabajo dispone que los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual (vacaciones) de 15 días hábiles -contados de lunes a viernes- con derecho a remuneración íntegra para aquellos con sueldo fijo. Para quienes tienen una remuneración variable, durante su descanso anual reciben un promedio de las ganancias de los últimos tres meses trabajados.

Eso sí, la normativa establece que los trabajadores que prestan servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tienen derecho a un feriado anual de 20 días hábiles.

¿Puede el empleador disponer el fraccionamiento del feriado anual?

El feriado debe ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles puede fraccionarse de común acuerdo. De esta forma, no podrá el empleador fraccionarlo unilateralmente, de manera que para que sea procedente un descanso por feriado inferior a 15 días hábiles, el trabajador debe dar su consentimiento.

Además, si bien está permitido dividir las vacaciones anuales, al menos un período no deberá ser inferior a 10 días hábiles.

¿Quién determina la oportunidad en que se puede hacer uso de las vacaciones?

Las vacaciones anuales se otorgarán preferentemente en primavera o verano. El trabajador es quien determina, en primera instancia, la fecha en que lo hará efectivo. Sin perjuicio de ello, el empleador, aduciendo necesidades de la empresa, podría condicionar la oportunidad del otorgamiento del feriado anual en la medida en que no pueda mantener en servicio a lo menos a las cuatro quintas partes del personal de la empresa o...

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