UNITAX SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA - 24 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857437189

UNITAX SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA

Fecha de publicación24 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1870922
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.838
CVE 1870922 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.838 | Jueves 24 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1870922
EXTRACTO
ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de
Santiago, Agustinas N°1.070, segundo piso, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura
pública de fecha 16 de diciembre de 2020, repertorio N°49.004-2020, ante mí: /Uno/ BORIS
ALEJANDRO LEÓN CABRERA, domiciliado en calle José Joaquín Vallejos N°1.355,
departamento 802, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago; /Dos/ CAROLINA ANDREA
COLLANTES SCHAALE, domiciliada en calle Bombay N°8.680, comuna de Las Condes,
ciudad de Santiago; /Tres/ MARÍA ISABEL ESPINOZA CIFUENTES, domiciliada en calle
Luis Thayer Ojeda N°1.303, departamento 901, comuna de Providencia, ciudad de Santiago;
/Cuatro/ ALEX HERWARDT DAVID FISCHER WEISS, domiciliado en Camino Las Hualtatas
N°5.075, casa 18, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; /Cinco/ CRISTÓBAL
HERRERA BARRIGA, domiciliado en calle Toledo N°732, comuna de Las Condes, ciudad de
Santiago; y /Seis/ JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA, domiciliado en Avenida Suecia
N°415, departamento 11.002, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; constituyeron
sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social:
La razón social será “UNITAX SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”, sin perjuicio que
podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos, el
nombre de fantasía “Unitax Limitada”.- Administración: El uso de la razón social y la
administración de la sociedad corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando
conjuntamente, quienes estarán investidos con las facultades y poderes señalados en el artículo
octavo de los estatutos sociales.- Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000,
aportado por los socios en la siguiente forma: /i/ BORIS ALEJANDRO LEÓN CABRERA
aporta la suma $500.000, equivalente al 50% del capital social, monto que entera y paga
íntegramente en este acto en dinero efectivo; /ii/ CAROLINA ANDREA COLLANTES
SCHAALE aporta la suma $100.000, equivalente al 10% del capital social, monto que entera y
paga íntegramente en este acto en dinero efectivo; /iii/ MARÍA ISABEL ESPINOZA
CIFUENTES aporta la suma $100.000, equivalente al 10% del capital social, monto que entera y
paga íntegramente en este acto en dinero efectivo; /iv/ ALEX HERWARDT DAVID FISCHER
WEISS aporta la suma $100.000, equivalente al 10% del capital social, monto que entera y paga
íntegramente en este acto en dinero efectivo; /v/ CRISTÓBAL HERRERA BARRIGA aporta la
suma $100.000, equivalente al 10% del capital social, monto que entera y paga íntegramente en
este acto en dinero efectivo; y /vi/ JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA aporta la suma
$100.000, equivalente al 10% del capital social, monto que entera y paga íntegramente en este
acto en dinero efectivo.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto principal la prestación de
servicios profesionales y asesoría en cumplimiento tributario y contable, incluyendo de asesoría
comercial, administrativa, de negocios y estratégica, para todo de personas o entidades públicas o
privadas, nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá: /a/
adquirir participaciones de interés social de otras sociedades existentes a fin de permitir su
intervención en la gestión de dichas sociedades o empresas nacionales y extranjeras domiciliadas
en la República de Chile y constituir sociedades; /b/ adquirir, disponer, y ceder, libremente y a
cualquier título, total o parcialmente, pura y simplemente o sujeta a modalidad, bienes inmuebles
o muebles, ya sean éstos corporales o incorporales; como asimismo, comprometer y garantizar,
en cualquier forma, obligaciones propias o de terceros; /c/ contratar toda clase de servicios; y /d/
en general, cualquier acto que sea conducente para el desarrollo de su giro.- Duración: La
duración de la Sociedad será de veinte años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará
automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios
expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la
inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de seis meses de
anticipación al vencimiento del respectivo período.- Limitación de Responsabilidad: La
responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás
estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre 2020.

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