Umaña Fuentes Álvaro Alejandro - AC Enfierradores SpA - 1 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942254609

Umaña Fuentes Álvaro Alejandro - AC Enfierradores SpA

Número de registroCVE-2363628
Fecha de publicación01 Septiembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.642
CVE 2363628 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.642 | Viernes 1 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 2363628
NOTIFICACIÓN
Colina, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. JUZGADO DE LETRAS DE COLINA,
Av. Interprovincial 130, Colina. En autos RIT O-20-2023, RUC 23-4-0452563-8, se ha ordenado
notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: En lo Principal: solicita
medida prejudicial preparatoria; Primero otrosí: Acompaña documentos: Segundo Otrosí: solicita
autorización para realizar actuaciones procesales en forma electrónica; Tercer Otrosí: patrocinio
y poder. Humberto Vallejos Vásquez, abogado, en representación de Álvaro Alejando Umaña
Fuentes, trabajador, domiciliado en calle El Trovador 4280, oficina 812, Las Condes, a U.S.
digo: venimos en solicitar a S.S. se sirva en decretar las medidas prejudiciales probatorias que a
continuación se señalarán, y que tienen como objetivo permitir a esta parte recabar todos
aquellos antecedentes necesarios e indispensables para la correcta interposición de la demanda de
indemnización de perjuicios por el accidente del trabajo sufrido mi representado, respecto de la
empresa AC ENFIERRADORES SPA, RUT N°76.980.908-2, representada legalmente por don
Arnaldo Carrizo Hernández, Rut N°14.364.151-1, ambos domiciliados en Higueras de Batuco
20B, Lampa, Región Metropolitana, e INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL, RUT
N°70.015.580-3, representante legal Rodolfo García Sánchez, rut ignoro, 1/2 Oriente N° 1175,
edificio Plaza O'Higgins, Ciudad Viña del Mar. El demandante comenzó a prestar sus servicios
para la demandada AC ENFIERRADORES SPA según contrato de trabajo suscrito entre las
partes con fecha 10 de noviembre de 2021, de carácter indefinido, produciéndose el accidente
con fecha 28 de diciembre del año 2021. Conforme dicho contrato de trabajo mi representado fue
contratado para ejercer las funciones de ENFIERRADOR-CORTADOR. Los servicios fueron
prestados en la obra PASEO LOS HEROES DE CHILLAN, en construcción, ubicada en AV.
LIBERTAD Nº 455, comuna de CHILLAN, para la Constructora CYPCO S.A. Antecedentes del
accidente del trabajo: Sus labores según el contrato de trabajo eran de
ENFIERRADOR-CORTADOR, pero en la faena de trabajo también realizaba las funciones de
transporte a pulso de fierros hasta los mesones de doblado, luego retirar el fierro del mesón de
doblado y acopiar en una zona de carga y descarga. 1. El día 28 de diciembre del año 2021, mi
representado se encontraba en el patio de acopio de fierro correspondiente a la empresa CYPCO
S.A, prestando servicio para la empresa contratista AC Enfierradores SpA. Ese día se le acerca
don Jonathan (ignoro apellido) jefe de la empresa mandante CYPCO S.A. para ordenarle que
debía cargar 3 paquetes de fierro de construcción de diámetro 36 cm y 11.5 m de largo, los que
se encontraban en la parte inferior del acopio, arriba de estos fierros, se encontraba más material
(fierros de 36 cm y de 7 m de largo) teniendo que correr estos para un costado y poder liberar la
carga solicitada. 2. Dando inicio a esta orden se corrió la carga superior tomando los paquetes de
fierro de 36 cm por 7 mm sin problemas, pero al llegar a los paquetes de fierro de 36 cm por 11.5
mm que eran los solicitados, el trabajador procede a cruzar las cadenas por las amarras, fue en
ese momento que don Jonathan jefe de la empresa mandante CYPCO S.A. le indica que están
apurados y que necesitan mover rápido la carga, mi representado le indica que esa no es la forma,
pero el Sr Jonathan (ignoro apellido) le indica que no hay problema que trasladen el material
rápido, es decir, sin las cadenas para las amarras. 3. Mi representado debe guiar con la mano, ya
que no tenían implementado el sistema de vientos de seguridad, para la guía. Al minuto de
moverlo hacia el camión de transporte, el paquete cedió al peso y reventó las amarras, causando
un vaivén del fierro, el cual aplastó la mano derecha de mi representado, provocando que el dedo
medio sufriera una fractura expuesta, el dedo índice con una fractura en la primera falange y el
dedo pulgar reventado, perdiendo su uña. 4. Después de recibir el impacto en la mano, el Sr
Alexander Salvo, jefe directo, trasladó a mi representado hacia la Mutual de Seguridad, en donde
se le dio la atención de urgencia, posteriormente fue trasladado a la Clínica Andes de Chillán
para someterlo a una operación a su mano. 5. Desde el día del accidente, se le han practicado 3
intervenciones. Actualmente se encuentra sin poder mover su mano, ya que al más mínimo
movimiento le duele, no puede hacer ninguna actividad. 6. La salud mental de mi representado

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR