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Decreto Ley núm. 698, publicado el 22 de Octubre de 1974. FIJA UBICACION EN LA ESCALA UNICA AL PERSONAL DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA ALIMENTACION Y NUTRICION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Rango de LeyDecreto Ley

FIJA UBICACION EN LA ESCALA UNICA AL PERSONAL DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA ALIMENTACION Y NUTRICION Santiago, 15 de Octubre de 1974.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:

Núm. 698.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; N.o 527, de 1974; artículos 15.o del decreto ley N.o 249, de 1973, y 4.o, letra i) del decreto ley N.o 354, de 1974, y

Considerando: Que el Consejo Nacional para la Alimentación y Nutrición debe realizar acciones múltiples de carácter técnico y administrativo;

Que para estos efectos requiere contar con el personal mínimo necesario que permita llevar a la práctica sus objetivos y mantener la continuidad de sus acciones;

Que de conformidad a lo establecido en la letra i) del artículo 4.o del decreto ley N.o 354, de 1974, el Consejo aprobó en sesión celebrada el 9 de Julio del mismo año, el proyecto de planta del personal de dicha intitución;

La Honorable Junta de Gobierno Ha resuelto dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo único

Fíjase, a contar del 1.o de Junio de 1974, para el personal del Consejo Nacional para la Alimentación y Nutrición, la siguiente planta de personal con su respectiva ubicación en la Escala Unica de Sueldos:

PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y

TECNICA

_______________________________________________________

N° Grado

Designación Actual Funcionarios Escala Unica

_______________________________________________________

Coordinador Ejecutivo______ 1 4°

Secretario Ejecutivo_______ 1 5°

Coordinador Planificación__ 1 6°

Asesor Legal_______________ 1 6°

Jefe Depto. Informática____ 1 7°

Coordinador Operaciones____ 1 8°

Nutricionista______________ 1 16°

Esacala Administrativa

Secretaria Bilingüe

Taquígrafa_________________ 1 19°

Secretaria Dactilógrafa____ 2 27°

Escala Servicios Menores

Estafeta___________________ 1 31°

_______________________________________________________

El personal del Consejo Nacional para la Alimentación y Nutrición sólo podrá percibir, además de los sueldos de la citada...

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