Tributario - Núm. 9, Enero 2022 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455623

Tributario

AutorMauricio Carloza
Páginas72-73
Tributario
Mauricio Carloza
mcarloza@abcia.cl
Fin a la trivialización de los impuestos (y
sus efectos): una tarea urgente.
En este sentido, poner término a la
modificación sucesiva de las normas
tributarias por parte de los gobiernos de turno
-apoyados en mayorías simples- es una
urgencia, toda vez que el frecuente cambio de
las reglas del juego es un catalizador de
incertidumbres e inestabilidad. Al respecto, y
considerando que el Presidente electo
presentará una nueva iniciativa de reforma
tributaria en los próximos meses, resulta
fundamental hacer un llamado -tanto al
Ejecutivo como al Legislativo- a la
consecución de acuerdos de largo plazo,
sustentados en fundamentos técnicos,
jurídicos y económicos, que consagren una
política tributaria de largo plazo que ponga
término al nocivo hábito de trivializar los
efectos que los impuestos causan en el diario
vivir de las personas.
 En otras palabras, los impuestos dejarán de
ser un causante de inestabilidad e
incertidumbre en la medida en que sus
efectos dejen de ser trivializados y se asuma
una política tributaria de Estado, duradera e
independiente del cortoplacismo de los
gobiernos de turno. Un ejemplo evidente de
“trivialización” es la presentación del Mensaje
Nº 181-369 por parte del Ejecutivo el pasado
20 de diciembre, mediante el cual se
proponen diversas modificaciones impositivas
“a la rápida” y sin que mediare algún análisis
técnico sustantivo, entre las cuales destaca la
aplicación de un impuesto único de 5% a las
ganancias de capital generadas en el mercado
bursátil, la eliminación transitoria del crédito
especial IVA (para los contratos de
construcción de inmuebles celebrados desde
2024) y la ampliación del listado de servicios
afectos a IVA (que se extiende a los servicios
jurídicos). Cabe tener presente que esta es la
segunda reforma tributaria presentada por el
actual gobierno y la cuarta en los últimos diez
años, algo inusual en los países OCDE que
Chile mira como referentes a seguir.
 Otro efecto propio de la trivialización de los
impuestos es la peligrosa apertura a la
presentación de proyectos que – además de
adolecer de sustento técnico y jurídico-
infrinjan expresamente el orden constitucional.
Tal fue el caso de la propuesta de “impuesto a
los súper ricos” que -más allá de sus falencias
técnicas- que vulneraba expresamente el
“principio de legalidad o reserva” y la “iniciativa
exclusiva del Presidente" para presentar
proyectos de reforma tributaria.
 Asimismo, el proyecto establecía criterios
“retroactivos” de residencia, los que -además
de ser inconstitucionales- contravenían
peligrosamente los acuerdos adoptados por
Chile en sus Convenios de doble tributación
en materia de “residencia fiscal”-. Si bien la
iniciativa se rechazó, su discusión a la rápida y
la falta de análisis en torno a sus efectos nos
dejó una sensación amarga.
 En definitiva, es de esperar que la próxima
reforma tributaria se acuerde como un pacto
de largo plazo, con fundamentos técnicos y al
fin se ponga término a la mala práctica de
sacar reformas a la rápida, por causa de la
trivialización de los impuestos.

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