Tribunal Constitucional en la mira - 11 de Abril de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 708265421

Tribunal Constitucional en la mira

Las fuertes declaraciones del ministro Larraín sobre los jueces; las sinceras palabras del cardenal Ezzati sobre los géneros; las amenazas del diputado Boric al ministro Varela, todas y cada una de esas intervenciones merecen atención y discusión. Pero respecto de ellas, la polémica durará un par de días; y, después, chao.

En paralelo se viene desplegando un tema que sí será de larga duración y de duraderas consecuencias: la crítica al Tribunal Constitucional.

Afirman los detractores del control preventivo de constitucionalidad que es inconveniente la intromisión judicial en el proceso de formación de las leyes; en pocas palabras, la ley podría ser obstaculizada por los jueces constitucionales, quienes no habrían sido nombrados por la ciudadanía como sus representantes mediante el voto popular, lo que supondría un deterioro del sistema democrático.

Pero la crítica ha olvidado que el control preventivo de las normas es muy anterior a la vigencia de la Constitución de 1980. En efecto, mucho más antigua es la Contraloría General de la República, cuya función de velar por la legalidad de los actos de la Administración del Estado a través de la "toma de razón" también se caracteriza por ser anterior a la entrada en vigencia de la norma. Puede ser hasta el propio Presidente de la República quien quede impedido de concretar su voluntad política, por contravenir la legalidad.

Quienes guardan silencio frente a ese control pero sí critican las atribuciones del Tribunal Constitucional muestran una postura que carece de coherencia lógica en dos aspectos.

Por una parte, parecen aceptar como legítimo vigilar, de modo preventivo, el cumplimiento de la legalidad, pero creen que no correspondería hacerlo con la constitucionalidad. Una total inconsecuencia. Y por otra, no les repugna que el Presidente -fruto del sufragio popular- deba someter su producción normativa al control preventivo de legalidad, pero rechazan que el legislador -elegido por los mismos medios- deba someterse a control previo alguno.

Obviamente, la cuestión es mucho más de fondo: ¿Por qué...

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