Tribunal considera que Comisión contra Desinformación no restringe las facultades del Congreso
Tras posponer su decisión el pasado jueves, en votación dividida, el Tribunal Constitucional (TC) rechazó ayer -por cinco votos a tres- el requerimiento del Senado que buscaba que la magistratura declarara la inconstitucionalidad del decreto supremo que crea la denominada Comisión contra la Desinformación.En la mayoría estuvo la presidenta de la instancia, Nancy Yáñez, los ministros Nelson Pozo, Daniela Marzi, María Pía Silva y Natalia Muñoz (suplente); mientras que en la minoría, los magistrados José Ignacio Vásquez, Cristián Letelier y Miguel Ángel Fernández.La decisión del tribunal está marcada por los problemas que ha tenido para contar con su integración completa: lleva más de un año y medio sin sus magistrados titulares. A los dos cupos que corresponden al Congreso -que acumula dos procesos fallidos en 18 meses y que no ha reactivado las conversaciones para resolver-, se suma el que debe ser completado por la Corte Suprema, tras el fallecimiento del ministro Rodrigo Pica, ocurrido el 20 de junio.También, por los cambios ocurridos desde marzo de 2022 al interior del tribunal, tras la salida de cuatro ministros por el cumplimiento de su período. La llegada de la actual presidenta Yáñez y la ministra Marzi -nombradas por el Presidente Gabriel Boric- han provocado que predomine una sensibilidad más cercana a la centroizquierda, que se refleja en los votos de mayoría del pleno y, por ende, en la jurisprudencia del TC.En el Gobierno, en tanto, valoraron la postura de los ministros (ver nota superior), en medio de cuestionamientos de fondo, pero también en aspectos formales, por parte de actores políticos y abogados especializados.Ayer, la deliberación se dio en dos puntos centrales, el primero respecto de un tema que surgió durante la vista de la causa y que se relaciona con si este tipo de decreto permite o no la delegación de firma, debido a que se planteó que al contener un reglamento debía haber sido firmada por el Presidente de la República y el ministro respectivo, por lo que contendría un vicio de forma (ver recuadro).Algunos magistrados -la minoría en la votación- entendían que se trata de un reglamento, mientras que los que estuvieron por el rechazo del requerimiento consideraron que se trata de un decreto simple, porque no establece ninguna normativa permanente, debido a que la comisión deberá evacuar dos informes y no es un órgano que vaya a perdurar, por lo que no sería una materia reglamentaria y que no existiría el vicio...
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