Tribunal condena a excarabinero en caso de senadora Campillai: 'Decidió actuar de una manera abusiva y extralimitada' - 2 de Septiembre de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 909823490

Tribunal condena a excarabinero en caso de senadora Campillai: 'Decidió actuar de una manera abusiva y extralimitada'

A casi tres años de que la munición de una carabina lanzagases impactara en el rostro de la senadora Fabiola Campillai -dejándola ciega y con pérdida de los sentidos del olfato y el gusto-, el Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo dictó ayer su veredicto y resolvió, en votación unánime, "condenar a Patricio Javier Maturana Ojeda (excapitán de Carabineros) como autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas (...) en la persona de doña Fabiola Campillai Rojas".Los jueces Héber Rocco (presidente), Marcela Nilo (redactora) y Maritza Campos arribaron a esa "convicción, más allá de toda duda razonable", atendida la prueba "testimonial, pericial, documental, las videograbaciones y evidencia material exhibidas" por la Fiscalía Metropolitana Occidente durante el juicio.Toda evidencia, dijo el tribunal, que "da cuenta de la dinámica de los hechos y de la vinculación del disparo efectuado por el acusado Maturana y las lesiones sufridas por la víctima, doña Fabiola Campillai en su rostro".Si bien la sentencia completa se conocerá el próximo 10 de octubre, la jueza Nilo -quien leyó el veredicto a los intervinientes- entregó parte de la argumentación para condenar.Primero, explicó que el tribunal tuvo por acreditado que "el día 26 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 20:30 horas, en la intersección de calle Fermín Vivaceta con Pasaje Ángel Guido, Población Cinco Pinos, de la comuna de San Bernardo, en el marco de una manifestación social, doña Fabiola Campillai Rojas recibió un disparo de un proyectil lacrimógeno en su rostro, percutido por el acusado Maturana Ojeda, en ese entonces capitán de Carabineros de Chile, encontrándose en el desempeño de sus funciones de agente del Estado en el control del orden público".Conocimiento del arma y efectos de su mal usoTambién, que "Maturana Ojeda se valió de un arma de fuego, carabina lanzagases, teniendo el conocimiento, formación técnica e instrucción para manipularla, contando con el pleno control de dicha arma y de los efectos que conllevaba su uso indebido, esto es, disparando directamente a un reducido grupo de personas (...) a una distancia de 50,6 metros y en un ángulo muy inferior al exigido por los reglamentos y protocolos internos de la institución, y contrario al recomendado por el propio fabricante de la munición".El excapitán, estimó el tribunal, "con dicho conocimiento cierto decidió actuar de una manera abusiva y extralimitada con plena libertad y...

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