Resolución núm. 978 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2009. FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA INTERURBANA AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE LA COMUNA DE RANCAGUA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469976078

Resolución núm. 978 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2009. FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA INTERURBANA AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE LA COMUNA DE RANCAGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

FIJA TRAZADOS A LOS SERVICIOS DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA INTERURBANA AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE LA COMUNA DE RANCAGUA

Núm. 978 exenta.- Rancagua, 16 de noviembre de 2009.- Visto: Las facultades que me confiere el artículo 57° del D.S. 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; oficios N°s 238, de 13 de abril de 2009, y 492, de 24 de agosto de 2009; resoluciones exentas N°s 2, de 20 de julio de 1995, y 5, de 27 de octubre de 1995, todos emitidos por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de O’Higgins; Ord. N° 961, de 30 de julio de 2009, emitido por la Ilustre Municipalidad de Rancagua, y Ord N° 841, de 17 de septiembre de 2009, emitido por la Prefectura Cachapoal de Carabineros VI Zona Libertador Bernardo O’Higgins, y demás normativa vigente.

Considerando:

  1. Que mediante los Ords. N°s 238 y 492, de 2009, señalado en Vistos, esta Secretaría Regional solicitó a la Municipalidad de Rancagua y Carabineros de la Prefectura de Cachapoal, respectivamente, emitir el informe a que se refieren los artículos 53 y 57 del D.S. 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de manera de fijar los trazados que deberán utilizar los servicios interurbanos de transporte público al interior de la zona urbana de dicha comuna, atendiendo a sus orígenes y destinos y terminales o recintos fuera de la vía pública.

  2. Que la I. Municipalidad de Rancagua emitió el informe requerido mediante el Ord. N° 961, de 2009, señalado en Vistos. A su vez, Carabineros de la Prefectura Cachapoal, mediante el Ord. N° 841, de 2009, emitió su informe.

  3. Que se ha observado que la operación del Terminal de Buses O’Higgins, por diversos factores, no era la más adecuada para acoger la totalidad de los buses de servicios interurbanos en su tránsito por la ciudad de Rancagua, que provocaría demoras excesivas en los servicios interurbanos, desincentivando en definitiva su uso.

  4. Que en efecto de lo anterior, estas situaciones fueron expuestas en su oportunidad a la administración del Terminal de Buses O’Higgins por esta Secretaría Regional, quienes acogiendo cada una de ellas han implementado las medidas necesarias para su solución, medidas que incluyen la ejecución de un proyecto para la implementación de un paradero de locomoción colectiva.

  5. Que el Terminal de Buses O’Higgins cuenta con la capacidad y condiciones necesarias para acoger el ingreso de hasta 1.200 buses al...

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